De conformidad con el inciso 4 del artículo 52 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 155 del Decreto 19 de 2012, y con el artículo 23 de la Ley 1340 de 2009, el informe motivado que el Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia presenta al Superintendente de Industria y Comercio dentro de una investigación administrativa debe ser comunicado a los investigados y terceros interesados reconocidos durante el trámite. Dicha comunicación deberá realizarse a la dirección que para esos propósitos haya suministrado el investigado o su apoderado y, en ausencia de ella, a la dirección física o correo electrónico que aparezca en el registro mercantil. Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará copia íntegra del acto por el término de 5 días en la página electrónica de la Superintendencia de Industria y Comercio y, en todo caso, en un lugar de acceso al público. Pasados esos 5 días comenzará a contarse el término de traslado de 20 días para la formulación de observaciones al informe motivado.
Comunicados | Radicado | Fijación | Desfijación | Documentos |
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Leidy Johana Ariza Garavito | 14-130744 | 27 octubre 2020 | 4 Noviembre 2020 | |
Abraham José Álvarez Díaz | 17-408004 | 06 de Junio de 2022 | 13 de Junio de 2022 | |
Carlos Andrés Sanjuan Vides | 20-419818 | 17 de noviembre de 2023 | 18 de diciembre de 2023 |