El artículo 15 de la Constitución nos dice que tenemos dos derechos fundamentales en materia de Protección de Datos: el derecho de hábeas data, que es el cual nos permite conocer, actualizar, rectificar y suprimir la información que sobre nosotros reposa en bases de datos de privados o públicos; el otro, es el derecho al debido tratamiento de la información, que hace referencia al buen uso de nuestra información, de acuerdo con las normas establecidas.