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Superindustria ha impuesto multas por más de $111 mil millones por violaciones a la libre competencia entre 2018 y 2019

Superindustria ha impuesto multas por más de $111 mil millones por violaciones a la libre competencia entre 2018 y 2019
  • Con $ 4.321 millones de pesos la Superintendencia y de Industria y Comercio sancionó a 21 agentes del mercado por cartelización en subastas adelantadas por varias entidades del Estado.
  • En otro caso, la autoridad de competencia sancionó a las empresas, Comercializadora Ferlag Ltda. e Inversiones y Suministros S.A.S., por un total de $542 millones por colusión en contratos de suministros para el Estado.
  • El anuncio de la SIC se produce en el marco de la Reunión Anual de la Red Internacional de Competencia (ICN), evento que se realiza en Cartagena de Indias y que reúne a autoridades de competencia de 136 países.

Cartagena de Indias D.T Y C, 15 de mayo de 2019. Un total de 18 resoluciones sancionatorias entre enero de 2018 y mayo de 2019 ha emitido la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a personas jurídicas y naturales a las que se les comprobó haber adelantado prácticas restrictivas a la libre competencia.

Las decisiones fueron tomadas por la SIC luego de concluir que estas personas habían cometido infracciones tales como cartelización, abuso de posición dominante, actos de influenciación, así como por infringir la prohibición general de competencia, entre otros.

El anuncio fue hecho por el Superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto González, en el marco de la Reunión Anual de la Red de Competencia Internacional (ICN en inglés), evento que organiza la Entidad esta semana en Cartagena de Indias y que congrega a autoridades de 136 países para dialogar sobre la libre competencia en el mundo.

“El Gobierno Nacional, en cabeza de la SIC, ha trabajado desde un principio y sin descanso en la investigación y sanción de estos comportamientos que obstaculizan el desarrollo empresarial y le restan competitividad nuestra economía. El compromiso de la Superintendencia con Colombia es seguir adelante en este propósito y castigar ejemplarmente a quienes realicen estas prácticas”, explicó Barreto.

El Superintendente añadió que actualmente la SIC adelanta 16 investigaciones administrativas por prácticas restrictivas a la competencia, procesos que avanzan satisfactoriamente y de los que pronto se esperan resultados.

La Superindustria tiene la facultad legal de adelantar estas investigaciones como máxima autoridad en materia de competencia económica, defensa del consumidor y protección de los datos personales en Colombia.

CASO SUMINISTROS

La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a 21 agentes del mercado por haberse cartelizado en subastas adelantadas por varias entidades del Estado, acordando entre ellos quién sería el ganador de cada proceso y entregando dinero a los demás participantes para que se abstuvieran de competir. Así mismo, sancionó a 6 personas naturales por haber facilitado dichas conductas.

Con dicha conducta los agentes del mercado infringieron lo establecido en el numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992 (colusión en licitaciones públicas). Por su parte, las personas naturales infringieron lo establecido en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009.

La Superintendencia de Industria y Comercio impuso las siguientes multas a los investigados en el presente proceso:

Además, dentro de la misma investigación, la SIC sancionó a 3 empresas y a su controlante, por aparentar ser competidores sin realmente serlo, en varios procesos de contratación de la Fiscalía General de la Nación, entidad que puso en conocimiento de la Superintendencia estos hechos.

Con dicha conducta los agentes del mercado infringieron lo establecido en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959 (prohibición general de competencia). Por su parte, las personas naturales que facilitaron esta conducta infringieron lo establecido en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009.

La Superintendencia de Industria y Comercio impuso las siguientes multas a los investigados en el presente proceso:


Frente a esta decisión procede el recurso de reposición por parte de los sancionados.

EL CASO FERLAG

Una de las sanciones más recientes que ha emitido la SIC en temas de competencia, con fecha del pasado 7 de mayo, fue contra las empresas, Comercializadora Ferlag Ltda e Inversiones y Suministros LM S.A.S., las cuales fueron multadas por aparentar ser competidores sin realmente serlo en 5 procesos de selección ante Colombia Compra Eficiente.

Al término de la investigación, la Entidad pudo establecer que estas empresas operaban bajo el control de una misma persona y compartían incluso recurso humano e instalaciones, pero presentaban ofertas independientes en los procesos de selección para acordar precios y salir elegidos.

Fue por esto que la SIC impuso multas a ambas empresas y a su controlante, así como a las personas naturales que ejecutaron dicha conducta, que para la Autoridad afecta los principios de transparencia y libre concurrencia que rigen la contratación estatal y el régimen de libre competencia en Colombia.

Con dicha conducta los agentes del mercado infringieron lo establecido en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959 (prohibición general de competencia). Por su parte, las personas naturales que facilitaron esta conducta infringieron lo establecido en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009.

La Superintendencia de Industria y Comercio impuso las siguientes multas a los investigados en el presente proceso:

 

Frente a esta decisión procede el recurso de reposición por parte de los sancionados.

 

 

 

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