- Luego de la investigación iniciada a partir de un accidente de consumo en el que resultó lesionado un menor de edad, la Superindustria adoptó la decisión definitiva de prohibir la producción y/o comercialización de “DR. LOOK PALITO LÁSER”.
- Tras realizar un análisis científico se evidenciaron consecuencias derivadas del contacto con las sustancias contenidas en el chupete de caramelo, que van desde una irritación estomacal y de las membranas mucosas de las vías respiratorias, hasta quemaduras químicas oculares y cutáneas y efectos en el sistema nervioso central.
Bogotá D.C., 17 de junio de 2019. La Superintendencia de Industria y Comercio como máxima autoridad para la protección al consumidor impartió una orden administrativa de carácter general, para prohibir la fabricación y comercialización del producto “DR. LOOK PALITO LÁSER” y los equivalentes o similares que cuenten con las siguientes características:
El producto “Dr. Look Palito Láser” es un chupete compuesto de un caramelo duro, adherido a un “palito láser” elaborado en polipropileno que contiene sustancias químicas en su interior, encargadas de producir la iluminación del palito luego de una reacción química, como se ejemplifica en las siguientes imágenes:
La decisión administrativa tomada por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor, mediante la Resolución No. 19014 del 31 de mayo de 2019, se adoptó después de conocer de un accidente de consumo ocurrido en la ciudad de Bogotá, en el que resultó gravemente lesionado un menor de edad, luego de consumir el producto “Dr. Look Palito Láser”, el palito luminoso se quebró en la boca del menor, quien ingirió – sin saberlo – las sustancias químicas contenidas en el palito y debió ser hospitalizado por obstrucción de las vías respiratorias.
Así, iniciada la investigación correspondiente, y recaudado el material probatorio necesario para tomar una decisión definitiva, se realizó un estudio de seguridad al producto “DR, LOOK PALITO LÁSER”, que incluyó, entre otras cosas:
Se analizó el Marco Internacional relacionado con este tipo de productos, advirtiendo que en países como Alemania y México se adoptaron medidas para prohibir o restringir el uso de palitos luminosos o palitos láser, tanto en alimentos como en juguetes destinados a menores de edad. La Superintendencia de Industria y Comercio concluyó que la medida adoptada está alineada con las políticas internacionales de protección al consumidor y seguridad de producto.
Luego de evaluar, de manera documentada y suficiente el accidente de consumo relacionado con el producto, la información científica relacionada con las sustancias químicas contenidas en el palito láser y las pruebas de laboratorio realizadas al mismo, “la Superindustria concluyó que las sustancias químicas incluidas en el palito luminoso o palito láser adherido al alimento representan riesgos para la salud e integridad física de los consumidores, que van desde una irritación estomacal, hasta irritación de las membranas mucosas de las vías respiratorias, quemaduras químicas oculares y cutáneas, y efectos en el sistema nervioso central”.
Evidenciando que los riesgos asociados al palito luminoso o palito láser que hace parte del producto, no pueden mitigarse con información o advertencias, y para evitar que los consumidores colombianos resulten lesionados por consumir el producto “Dr. Look Palito Láser” u otros similares o equivalentes, la Superindustria resolvió, de manera definitiva, lo siguiente:
La Superintendencia de Industria y Comercio invita a los consumidores colombianos, para que se abstengan de adquirir el producto “DR. LOOK PALITO LÁSER” y denuncien a quienes continúen fabricando, comercializando, obsequiando u ofreciendo este producto u otros similares o equivalentes.
El incumplimiento de tales órdenes dará lugar a la imposición de multas sucesivas de hasta MIL (1.000) SMLMV mientras permanezca en rebeldía, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 61 de la Ley 1480 de 2011, sin perjuicio de las demás sanciones que resulten procedentes. Contra esta orden administrativa, NO procede recurso alguno.
¡Superintendencia de Industria y Comercio,
confianza que construye progreso!