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El Ministerio de Transporte solicitó concepto de abogacía de la competencia frente al Proyecto de Resolución “[p]or la cual se dictan disposiciones para el control de peso de vehículos de transporte de carga rígidos de dos (2) ejes”. Conforme con lo previsto en el proyecto de resolución, el Ministerio de Transporte pretende fijar parámetros de peso bruto vehicular que deben cumplir los vehículos rígidos de dos ejes, mediante el establecimiento de un trato diferenciado para los vehículos registrados con anterioridad a la expedición de la norma y con posterioridad a dicha expedición.

El análisis parte de la advertencia según la cual, de cara a la libre competencia económica, cualquier trato diferenciado de agentes del mercado debe ser evaluado con el fin de determinar si con una decisión regulatoria de estas características, se puede vulnerar el régimen de la libre competencia económica. En tal sentido, la Superintendencia pone de presente que la diferenciación propuesta podría ir en contravía de los objetivos del proyecto mismo para preservar un ambiente sano y la seguridad vial. En efecto, un peso máximo por encima de las capacidades acreditadas por el mismo productor de los vehículos puede significar mayores emisiones contaminantes por el esfuerzo al que se somete al motor y, además, entre otras cosas, puede afectar la estabilidad de vehículo por un exceso de carga. En esta línea, para la Superintendencia, una discriminación de esta naturaleza preocupa porque sin atender los objetivos de la regulación propuesta, se perjudica a los oferentes de vehículos nuevos o los nuevos entrantes, puesto que con la regulación se estaría incentivando el uso de vehículos más antiguos, gracias a la permisibilidad injustificada de carga máxima permitida.

Por lo tanto, se recomendó al Ministerio de Transporte: (i) eliminar la diferenciación en materia de peso bruto vehicular máximo entre vehículos registrados antes y después de la vigencia de la norma; (ii) emplear un criterio para todos los vehículos basado en la ficha técnica de homologación o en reglamentos técnicos expedidos en armonía con en el Subsistema Nacional de la Calidad; (iii) establecer un plazo razonable para el cumplimiento del proyecto en atención del interés general y; (iv) consultar con el Ministerio de Comercio si el proyecto se armoniza con el Subsistema Nacional de la Calidad y si el mismo debe ser notificado internacionalmente.

Concepto abogacía de la competencia. Radicación No. 17-116087 del 17 de julio de 2017

Título completo: 
Superindustria formuló recomendaciones al Ministerio de Transporte frente a proyecto de Resolución sobre control de peso de vehículos de carga en advertencia a posibles riesgos anticompetitivos ante su eventual expedición
Tema noticia: 
Noticias
Tema general: 
Protección de la Competencia
Mes: 
Agosto
Año: 
2017
Resumen: 

El Ministerio de Transporte solicitó concepto de abogacía de la competencia frente al Proyecto de Resolución “[p]or la cual se dictan disposiciones para el control de peso de vehículos de transporte de carga rígidos de dos (2) ejes”. Conforme con lo previsto en el proyecto de resolución, el Ministerio de Transporte pretende fijar parámetros de peso bruto vehicular que deben cumplir los vehículos rígidos de dos ejes, mediante el establecimiento de un trato diferenciado para los vehículos registrados con anterioridad a la expedición de la norma y con posterioridad a dicha expedición.

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