Mediante la Resolución 46032 de 31 de julio de 2017, se decidió revocar la decisión empresarial emitida por el operador postal Super Giros, y se ordenó indemnizar al usuario en los términos establecidos en el numeral 38.3 del artículo 38 de la Resolución CRC 3038 de 2011, por falta de entrega al destinatario de un giro postal.
Se determinó que no existía prueba idónea que permitiera establecer la entrega afectiva del objeto postal a su destinataria, pues no se acreditó la forma o el mecanismo en que el operador postal verificó la identidad de quien reclamó el giro postal, resaltando que la prueba de entrega no contenía siquiera el número de identificación del receptor y en adición, se presentaba una divergencia de nombre entre el destinatario y el receptor del giro.
Mediante la Resolución 46032 de 31 de julio de 2017, se decidió revocar la decisión empresarial emitida por el operador postal Super Giros, y se ordenó indemnizar al usuario en los términos establecidos en el numeral 38.3 del artículo 38 de la Resolución CRC 3038 de 2011, por falta de entrega al destinatario de un giro postal.