En virtud del principio de complemento indispensable de la normativa, comunitaria deben aplicarse las normas del procedimiento administrativo general; sin embargo, no existe regulación en cuanto al término o plazo para dar respuesta a los recursos en la legislación interna y por lo tanto ha de entenderse que opera el silencio administrativo negativo.
Título completo:
No existe término máximo para resolver el recurso de apelación contra las decisiones que ponen fin a las actuaciones adelantadas por la Dirección de Signos Distintivos
Tema noticia:
Noticias
Tema general:
Propiedad Industrial
Mes:
Diciembre
Año:
2018
Resumen:
En virtud del principio de complemento indispensable de la normativa, comunitaria deben aplicarse las normas del procedimiento administrativo general; sin embargo, no existe regulación en cuanto al término o plazo para dar respuesta a los recursos en la legislación interna y por lo tanto ha de entenderse que opera el silencio administrativo negativo.