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La Superindustria, en el marco de una acción de protección al consumidor, declaró que la sociedad MIRADOR GROUP había incurrido en vulneración a la efectividad de la garantía, toda vez que incumplieron con la prestación del servicio de organización de bodas en las condiciones inicialmente ofertadas.

En el caso en comento se encontró probado que se vulneraron los derechos de los consumidores pues la sociedad demandada arbitrariamente variaba los proveedores de la prestación del servicio, incluso modificó unilateralmente las fechas estipuladas para la celebración del evento y la elección de detalles como comidas, bebidas y postres, propios de estas celebraciones.

Por lo tanto, la Superintendencia le condenó a efectuar la devolución del precio pagado por la prestación del servicio y además impuso una multa por diecinueve millones quinientos treinta y un mil cincuenta pesos ($19.531.050) equivalente a veinticinco salarios mínimos legales mensuales vigentes (25) SMLMV en cada uno de los procesos en los que encontró probada la vulneración.

Sentencia No. 011740 del 12 de septiembre de 2018

Título completo: 
La Superindustria condenó y multó a la sociedad MIRADOR GROUP al incumplir la efectividad de la garantía en la prestación del servicio como organizadores de bodas
Tema noticia: 
Noticias
Tema general: 
Asuntos jurisdiccionales
Mes: 
Octubre
Año: 
2018
Resumen: 

La Superindustria, en el marco de una acción de protección al consumidor, declaró que la sociedad MIRADOR GROUP había incurrido en vulneración a la efectividad de la garantía, toda vez que incumplieron con la prestación del servicio de organización de bodas en las condiciones inicialmente ofertadas.

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