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en lo relacionado con los proyectos que se ejecuten a través de modalidad de obras por regalías para el desarrollo de las entidades territoriales

Interés de la SIC: El presente Decreto tiene como objeto regular la organización y el funcionamiento del sistema de regalías para incentivar o propiciar la inversión en la restauración social y económica de los territorios donde se desarrollen actividades de exploración y explotación de recursos naturales no renovables, así como la protección y recuperación ambiental, sin perjuicio de la responsabilidad ambiental.

Artículo 2.2.4.1.1.4.1. Ámbito de Aplicación. Lo dispuesto en la presente subsección aplica para la formulación, presentación y ejecución de proyectos de inversión a ser financiados bajo la modalidad de por regalías para el desarrollo de las entidades territoriales, por la(s) persona(s) jurídica(s) que realicen actividades de explotación recursos naturales no renovables, que hayan obtenido ingresos brutos superiores a 33.610 Unidades de Valor Tributario(UVT), durante la vigencia fiscal anterior.”

Teniendo en cuenta lo anterior este decreto es de interés de la Abogacía de las Competencia para garantizar la libre competencia de los mercados.