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La propiedad Industrial en colombia y los inversionistas extranjeros

Por: José Luis Londoño Fernández - Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial

Recientemente tuvimos la oportunidad de conocer la quinta edición del Índice Internacional de Propiedad Intelectual que elabora la Cámara de Comercio de Estados Unidos, denominado “Las raíces de la innovación”. El índice es un estudio acerca del sistema de Propiedad Intelectual en las 45 economías globales que representan el 90% del PIB mundial. 

La primera buena noticia es que Colombia ha ingresado a ese grupo de economías seleccionadas para estudio a partir de 2015, lo cual nos permite medirnos con los más grandes. La segunda, es que en la región ocupamos el segundo lugar, por encima de Chile y a muy pocos puntos de México.

Entrando en materia, el índice es el resultado de la evaluación que hacen empresarios y comerciantes de diferentes sectores respecto de la situación de la Propiedad Intelectual en un país determinado, a fin de establecer si ésta está logrando el objetivo de contribuir a la innovación, emprendimiento y sociedad del conocimiento, entendidos éstos como los cimientos del desarrollo económico y social de los actuales países avanzados. 

Así, para llegar al “score final” se tiene en cuenta la legislación del país en materia de Propiedad Intelectual, tanto desde la perspectiva de la cantidad de Tratados Internacionales a los cuales pertenece el país (tanto como medida del compromiso por ofrecer protección a nacionales y extranjeros por igual, que como por la facilidad de acceder al mercado). Se incluyen entonces dentro de los análisis el nivel de protección legal y práctica (observancia) de los principales derechos de Propiedad Intelectual a saber: patentes, marcas, diseños industriales, secretos empresariales y derechos de autor.

Para efectos de este espacio, y dado que no estaría en nosotros juzgar sino reconocer el gran esfuerzo de nuestros colegas institucionales, nos referiremos únicamente a los asuntos que sobre Propiedad Industrial (patentes, marcas y diseños industriales) conciernen a la Superintendencia de Industria y Comercio.

Para resaltar:

En tal sentido, el estudio resalta la labor de la oficina de patentes de Colombia en su  esfuerzo por mejorar sus procedimientos; igualmente, la inserción en el sistema de los PPH con diferentes oficinas del mundo, que además de facilitar el acceso al sistema colombiano a los extranjeros, se erige en un gran aliado de nuestros inventores para reducir los costos de obtención de patentes en otras importantísimas jurisdicciones.

-Igualmente, el informe reconoce que en materia de patentes y marcas los términos legales de protección son ideales, destaca la inexistencia de barreras para el uso de marcas en cualquier sector empresarial y reconoce como un gran avance el que esta Oficina de Propiedad Industrial se haya modernizado y ofrezca procedimientos en línea.

Resulta también ser un motivo de satisfacción, que se advierta el incremento del uso del sistema de patentes en el sector de las TIC, o más conocidas como invenciones implementadas por computador. Debemos resaltar que mientras antes de 2010 esta Oficina no recibía más de 20 solicitudes de esta área, dada su cerrada posición a patentar este tipo de invenciones, desde 2011 a 2016 el promedio de solicitudes es de 83, mostrando además un crecimiento del número de solicitudes de colombianos en 10 veces y modificando el mapa de usuarios del sistema de patentes, pues ya las empresas dedicadas a la electrónica y el software empiezan a ocupar los primeros lugares del ranking de solicitantes en el país, acorde con la tendencia global.

Sobre las recomendaciones:

Ahora bien, agradecemos también las críticas que se expresan en el informe, según las cuales, la aplicación de los criterios de patentabilidad no es adecuada o acorde a estándares internacionales, o no se protegen con suficiencia las marcas notorias;  la falta de pertenencia a Tratados Internacionales necesarios para facilitar el acceso al sistema, tales como el Tratado de Singapur Sobre el Derecho de Marcas, el Tratado sobre el Derecho de Patentes, o el Arreglo de la Haya relativo al registro Internacional de Diseños Industriales; y, finalmente, la relativa a un bajo periodo de protección de los Diseños Industriales.

Sobre estas cuestiones solo nos queda por indicar que la Oficina mantiene un constante proceso de mejora y control de la calidad de sus decisiones y, sin perjuicio de nuestra siempre propensión por evolucionar, podemos indicar que los promedios de concesión de patentes son equivalentes al promedio mundial, e inclusive iguales y en algunos años superiores al de Oficinas referente como la EPO. 

Así mismo, en estos 6 años hemos declarado la notoriedad de más de 200 marcas y protegido su especial posición, mediante la negación o cancelación de registros marcarios que podrían poner en riesgo su valor publicitario o reputación. Es preciso mencionar que, al igual que en patentes, recientemente concluimos el Manual para el examen de registrabilidad de marcas. Un documento de más de 250 páginas que contiene la doctrina y aproximación de la Delegatura para la Propiedad Industrial al estudio de registrabilidad de las marcas.
Ahora bien, es cierto que no pertenecemos al Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas. No obstante, nuestra legislación marcaria permite el registro de todo tipo de signos distintivos y no limita el acceso al registro a las marcas visuales únicamente. 

Finalmente, venimos trabajando al interior del Gobierno y en la misma Comunidad Andina de Naciones CAN para encontrar los caminos adecuados que nos permitan ofrecer un marco legal más fuerte para los diseños industriales y una eventual adhesión al Arreglo de la Haya.

En suma, agradecemos ser objeto de observación por parte de los empresarios y comerciantes extranjeros, pues sus reconocimientos y críticas nos permiten determinar en qué campos vamos por el camino correcto y en cuáles no, a los fines de que el Sistema de Propiedad Industrial cumpla con sus objetivos de contribuir a la inversión extranjera, facilitar el comercio internacional y generar competitividad y competencia en el mercado.  

Puede consultar el Índice Internacional de Propiedad Intelectual haciendo click aquí.