La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución No. 37.761 de 2016, negó el registro de la marca mixta “ENLAJUGADA.COM” solicitada por EL PAÍS S.A., para identificar “servicios de noticias dadas por internet, publicación electrónica de libros, revistas y periódicos en línea”, comprendidos en la clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza, por generar un eventual riesgo de confusión respecto de la marca “RCN LA RADIO EN LA JUGADA”, la cual identifica la producción, montaje y presentación de programas de entretenimiento por radio y televisión, también comprendidos en esta misma Clasificación.
En este caso en concreto, la sociedad RADIO CADENA NACIONAL S.A., se opuso al registro marcario solicitado alegando que la marca “ENLAJUGADA.COM” era similar y confundible con su marca “RCN LA RADIO EN LA JUGADA” la cual está registrada ante la Superindustria y goza de protección.
Por otra parte, en el estudio comparativo realizado por la Delegatura para la Propiedad Industrial se determinó que de llegar a registrarse la marca “ENLAJUGADA.COM” se correría el riesgo de confundir a los consumidores dadas sus similitudes con la marca “RCN LA RADIO EN LA JUGADA”, toda vez que la expresión EN LA JUGADA goza de un carácter arbitrario respecto de los servicios pretendidos, así como los amparados por la opositora y por otro lado, entre dichos servicios se presenta una relación directa haciendo que los signos eventualmente sean asociados a un mismo origen empresarial.
Con fundamento en lo anterior, la Superindustria negó el registro de la marca mixta “ENLAJUGADA.COM” para amparar servicios comprendidos en la clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza.
De otro lado, la Superindustria, mediante resolución 37.760 de 2016, concedió el registro de la marca EN LA JUGADA a EL PAÍS S.A. para distinguir: periódicos, revistas, suplementos; boletines informativos; material didáctico; folletos; fotografías impresas; reproducciones gráficas; productos de imprenta; impresos gráficos; litografías; publicaciones impresas, productos comprendidos en la Clase 16, por cuanto los mencionados productos no tienen relación competitiva con el servicio de “producción, montaje y presentación de programas de entretenimiento por radio y televisión”, de la clase 41 que ampara la marca “RCN LA RADIO EN LA JUGADA”.
Contra la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio no procede ningún recurso.
¡Superintendencia de Industria y Comercio, valoramos lo que tú valoras!