La Superintendencia de Industria y Comercio mediante Resolución 6727 del 2 de febrero de 2018, ORDENÓ a WILFRAN ENRIQUE QUIROZ RUÍZ, EUSEBIO QUIROZ RUÍZ, DELIS DEL CARMEN QUIROZ RUÍZ, LUIS ALFREDO RODRÍGUEZ CÁRDENAS, MARÍA DE LAS NIEVES QUIROZ RUÍZ, CONSTRUMAX QR SAS, CONSTRUCCIONES, PROYECTOS Y DESARROLLO S.A.S., EMIS QUIROZ RUIZ, JUAN CARLOS QUIROZ LUNA y DAGOBERTO QUIROZ RUIZ, reconocer y pagar un subsidio de arriendo temporal a los propietarios, arrendatarios y poseedores de los 16 edificios que se encuentran en riesgo de desplome en Cartagena.
En el curso de la actuación administrativa iniciada de oficio con ocasión al desplome del “Edificio Blas de Lezo II”, ubicado en Cartagena de Indias y a las denuncias radicadas por propietarios de otros inmuebles construidos por la familia QUIROZ RUIZ en similares circunstancias, se evidenciaron daños estructurales que presentan dichas edificaciones, representando riesgo para la vida e integridad de sus habitantes. Lo anterior, pone en evidencia la necesidad de garantizar de manera preventiva, los derechos a la seguridad y a recibir productos de calidad, de los propietarios, residentes, y arrendatarios de los inmuebles afectados, para mitigar el riesgo advertido en la declaración de calamidad pública realizada por la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias.
En el transcurso de la averiguación preliminar se pudo establecer que los responsables de la construcción y/o comercialización, son:
No. |
Nombre Del Edificio |
DIRECCIÓN |
CONSTRUCTOR Y/O VENDEDOR |
1 |
PORTAL DE BLAS DE LEZO |
Barrio Blas de Lezo, Manzana C lote 26 etapa 2 |
WILFRAN ENRIQUE QUIROZ RUÍZ |
2 |
BRISAS DE BLAS DE LEZO |
Barrio Blas de Lezo, calle 25 # 68-52 |
WILFRAN ENRIQUE QUIROZ RUÍZ |
3 |
VILLA MAY |
Barrio Blas de Lezo, Manzana 28 lote 9 |
EUSEBIO QUIROZ RUÍZ |
4 |
PORTAL CARACOLES I y II |
Barrio Los Caracoles, Manzana 62 lote 16 etapa 1
Barrio Los Alpes, transversal 73 # 31C – 60 |
WILFRAN ENRIQUE QUIROZ RUÍZ |
5
|
PORTAL DE LOS ALPES |
Barrio Los Alpes, transversal 73 # 31C – 60 |
DELIS DEL CARMEN QUIROZ RUÍZ |
LUIS ALFREDO RODRÍGUEZ CÁRDENAS |
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6 |
BRISAS DE LOS ALPES |
Barrio Los Alpes, Transversal 74 # 31C – 05 |
MARÍA DE LAS NIEVES QUIROZ RUÍZ |
WILFRAN ENRIQUE QUIROZ RUÍZ |
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7 |
ALPES 31 |
Barrio Los Alpes, calle 31 F # 71 – 60 |
WILFRAN ENRIQUE QUIROZ RUÍZ |
8 |
VILLA NAEVIA |
Barrio Alto Bosque transversal 51 # 21B-159 |
CONSTRUMAX QR S.A.S. Representante legal Ignacia María Pérez Polanco |
9 |
CALIPSO |
Barrio Alto Bosque, transversal 52B # 21B - 104 |
CONSTRUCCIONES, PROYECTOS Y DESARROLLO S.A.S. Representante legal María de las Nieves Quiroz Ruíz |
10 |
VILLA ANA |
Carrera 53 # 30F – 27 |
EMIS QUIROZ RUIZ |
EUSEBIO QUIROZ RUÍZ |
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11 |
VILLA VANESSA |
Barrio Escallon V, Cra 54 # 30E – 36 |
EMIS QUIROZ RUIZ |
EUSEBIO QUIROZ RUÍZ |
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12 |
BRISAS DE LA CASTELLANA |
Barrio Chipre, Cra 65A – 30C # 31 – 25 |
DELIS DEL CARMEN QUIROZ RUÍZ |
13 |
SHALOM |
Barrio Recreo, Cra 80B # 31B – 22 |
CONSTRUCCIONES, PROYECTOS Y DESARROLLOS S.AS. Representante legal María de las Nieves Quiroz Ruíz |
14 |
TSALACH |
Barrio Alto Bosque, transversal 50 # 21B – 187 |
JUAN CARLOS QUIROZ LUNA |
15 |
VILLA MARY |
Barrio El Recreo, Calle 31H # 80B – 35 |
MARÍA DE LAS NIEVES QUIROZ RUÍZ |
WILFRAN ENRIQUE QUIROZ RUÍZ |
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16 |
INNOVA |
Barrio Alto Bosque, transversal 51 # 21B – 189 |
DAGOBERTO QUIROZ RUIZ |
JONNATHAN QUIROZ RIVERA |
Por lo anterior, y con el fin de que proteger, de manera preventiva los derechos a la seguridad, indemnidad y a recibir productos de calidad de los propietarios, residentes y arrendatarios de los inmuebles afectados, la Superintendencia de Industria y Comercio le ORDENÓ a los constructores responsables:
En el evento de que WILFRAN ENRIQUE QUIROZ RUÍZ, EUSEBIO QUIROZ RUÍZ, DELIS DEL CARMEN QUIROZ RUÍZ, LUIS ALFREDO RODRÍGUEZ CÁRDENAS, MARÍA DE LAS NIEVES QUIROZ RUÍZ, CONSTRUMAX QR SAS, CONSTRUCCIONES, PROYECTOS Y DESARROLLO S.A.S., EMIS QUIROZ RUIZ, JUAN CARLOS QUIROZ LUNA, DAGOBERTO QUIROZ RUIZ y/o JONNATHAN QUIROZ RIVERA, incumplan su obligación de pagar los subsidios de arrendamiento en las condiciones antes descritas, la ALCALDÍA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS, con fundamento en la declaratoria de calamidad pública y/o de desastre, asignará a los hogares de cada edificio un subsidio mensual de arriendo temporal de hasta $ 250 mil pesos, siguiendo los criterios de asignación, limitaciones, monto del subsidio, término por el cual se concede y el procedimiento establecido en la Resolución No. 908 de 2016, por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.
Así mismo, la Superintendencia de Industria y Comercio a través de la Resolución 6728 del 2 de febrero de 2018, DECRETÓ el embargo preventivo de bienes inmuebles de propiedad de WILFRAN ENRIQUE QUIROZ RUIZ y MARÍA DE LAS NIEVES QUIROZ RUÍZ, con el fin de garantizar el acatamiento de la orden impartida en la Resolución número 6727 del 2 de febrero de 2018, en aras de brindar una protección efectiva a los consumidores que se pudieron ver afectados.
Contra la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio, NO procede ningún recurso.