Superintendencia de Industria y Comercio

Top bar

logo presidencia

Logo SIC y Gobierno de Colombia

Se encuentra usted aquí

Tramites y servicios menu secundario

SUPERINDUSTRIA PROHIBE DE MANERA PREVENTIVA PRODUCCIÓN, IMPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE GLOBOS COMESTIBLES

  • La prohibición será de 60 días hábiles mientras se adelanta la respectiva investigación sobre el producto.

 

  • La entidad hace un llamado a los colombianos para que no adquieran estos productos y denuncien a quienes continúen comercializándolos.

 

  • La SIC inició la investigación tras conocer un accidente en el que dos menores perdieron el conocimiento al inhalar gas helio utilizado para inflar los denominados “globos comestibles”

 

Bogotá, D.C., 12 de noviembre de 2019. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, mediante la Resolución No. 58497 del 30 de octubre de 2019, impartió una orden administrativa que prohibe de manera preventiva, durante 60 días hábiles, la producción, importación, comercialización, puesta a disposición u ofrecimiento del producto globos comestibles. La decisión se tomó en los siguientes términos:  

 

  • PROHIBIR de manera preventiva y mientras se surte la investigación correspondiente: la producción, distribución, comercialización y ofrecimiento, así como, toda puesta a disposición de los consumidores, del producto “GLOBOS COMESTIBLES” comercializado en los establecimientos de la marca THAIS CREAM.
  • PROHIBIR de manera preventiva y mientras se surte la investigación correspondiente: la producción, distribución, comercialización y ofrecimiento, así como, toda puesta a disposición de los consumidores, de productos en los que se utilice gas helio para la elaboración de alimentos, siempre que su consumo implique también la inhalación del helio.
  • Llamar la atención de los consumidores para que se abstengan de adquirir el producto “GLOBOS COMESTIBLES”  otros similares o equivalentes y para que se abstengan de inhalar gas helio.

 

En la Resolución también se le ordenó a Gina Paola Melo Cabrales y a Tatiana Melo Cabrales, propietarias de los establecimientos de comercio THAI´S CREAM lo siguiente:

 

  • RETIRAR el producto “GLOBOS COMESTIBLES” de sus cartas de precios, avisos publicados en sus establecimientos, publicidad difundida por cualquier medio (audiovisual, escrito, virtual, etc.), u otra forma de comunicación dirigida a los consumidores.

 

El caso

 

La investigación de la Superindustria inició después de que se conociera un accidente en el que dos menores perdieron el conocimiento al inhalar el gas helio utilizado para inflar los denominados “GLOBOS COMESTIBLES”, comercializados en los establecimientos de comercio de la marca THAIS CREAM. Con base en la información recaudada en la averiguación preliminar, se tomó la decisión de la prohibición de manera temporal. Entre los aspectos revisados y que dieron lugar a la adopción de la medida se encuentran los siguientes:

 

  1. El producto denominado “GLOBOS COMESTIBLES”, está compuesto por un caramelo, elaborado a base de azúcar, jarabe de maíz, maicena y gelatina sin sabor, que posteriormente es inflado con gas Helio, de manera que, para consumir el caramelo es necesario inhalar el gas helio que contiene.
  2. El producto está dirigido a personas mayores de siente (7) años, es decir, incluye niños, niñas y adolescentes. Entre las precauciones están: i) no apto para personas con problemas respiratorios, ii) no apto para mujeres embarazadas y, iii) la inhalación de helio puede causar dolor de cabeza o mareo.
  3. Al revisar la hoja de seguridad del gas helio, se evidencia que en la misma se indica claramente: i) que el uso del gas helio es industrial, ii) que no es apto para uso alimenticio y, iii) que el peligro de inhalar gas helio es asfixiante.
  4. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España, estableció en la NTP 340[1],  las características que definen la peligrosidad de los gases inertes, como el helio, así:

“Los gases inertes son incoloros, inodoros e insípidos, por lo que su efecto asfixiante al desplazar al aire se produce sin ningún signo fisiológico preliminar que señale su presencia; en este sentido son por tanto mucho más peligrosos que gases tóxicos como el cloro, amoníaco, etc., de los que basta una pequeña concentración ambiental para que su olor característico y penetrante delaten su presencia.

 

La simple inhalación de dos bocanadas de un gas inerte basta para perder la consciencia y en muy pocos minutos producir lesiones cerebrales irreversibles o la muerte por asfixia, si no se produce una reanimación inmediata”.

 

  1. Por último, se tuvieron en cuenta algunas noticias de accidentes asociados a la inhalación de gas helio, reportados en países como Reino Unido e Israel.

 

En este orden, la Superindustria llama la atención de los consumidores colombianos, para que se abstengan de adquirir el producto “GLOBOS COMESTIBLES” y denuncien a quienes continúen fabricando, comercializando, obsequiando y ofreciendo este producto u otros similares o equivalentes, mientras dura la medida preventiva. Así también, requiere a la población en general para que se abstenga de inhalar gas helio.

 

 

¡Superintendencia de Industria y Comercio,

confianza que construye progreso!

 

[1]Recuperado de: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/301a400/ntp_340.pdf