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Superindustria ordena cambiar un computador portátil y sanciona a Almacenes CARCO por incumplirle a un consumidor con la efectividad de la garantía

Superindustria ordena cambiar un computador portátil y sanciona a Almacenes CARCO por incumplirle a un consumidor con la efectividad de la garantía

Superindustria ordena cambiar un computador portátil y sanciona a Almacenes CARCO por incumplirle a un consumidor con la efectividad de la garantía

  • Por una falla reiterada en un computador portátil, la Superindustria mediante una sentencia judicial ordenó a CARCO SEVE S.A.S. (propietaria de Almacenes CARCO) entregar al consumidor demandante un computador nuevo y le impuso una multa superior a 64 millones de pesos a favor del Estado, por haber desconocido injustificadamente el derecho de dicho consumidor a la efectividad de la garantía de calidad e idoneidad.
  • La  Superindustria recuerda que la revisión técnica de los productos y las reparaciones  efectuadas durante la vigencia de la garantía del producto son gratuitas y no se puede trasladar costo alguno al consumidor, como pretendió hacerlo CARCO en este caso particular.

La Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante sentencia judicial del 17 de febrero de 2015, condenó judicialmente a la sociedad CARCO SEVE S.A.S. (propietaria de Almacenes CARCO) a entregar un nuevo computador portátil al consumidor demandante y lo sancionó  por desconocer injustificadamente el derecho de dicho consumidor a la efectividad de la garantía de calidad e idoneidad con multa de sesenta y cuatro millones cuatrocientos treinta y cinco mil pesos ($64.435.000.oo), equivalentes a cien salarios mínimos legales mensuales vigentes (100 SMLMV).

En la sentencia judicial se encontró probado que Almacenes CARCO incumplió con sus obligaciones legales previstas en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), al haberse negado a cambiar el computador de un consumidor que había presentado fallas reiteradas y por cobrarle al consumidor la reparación del computador, cuando el Estatuto del Consumidor es muy claro en señalar que las reparaciones efectuadas al producto dentro de la garantía son gratuitas y no se le puede trasladar ningún costo al consumidor.

El caso judicial en concreto

La demanda judicial fue instaurada por un consumidor que adquirió en Almacenes CARCO en Fonseca (La Guajira), un computador portátil, que luego presentó diversas fallas en su funcionamiento (apagado constante y problemas en la pantalla, entre otros). Pese a las repetidas intervenciones que se realizaron al computador, Almacenes CARCO se negó a cambiar el equipo como lo solicitó el comprador a título de efectividad de la garantía de calidad e idoneidad.

Teniendo en cuenta que CARCO, no accedió a la solicitud de cambio del computador, como era su obligación legal, el consumidor interpuso una demanda judicial ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), para obtener la protección judicial de sus derechos, en concreto, la efectividad de la garantía de calidad e idoneidad del bien.

Durante el proceso judicial, la sociedad CARCO SEVE S.A.S., tuvo la oportunidad de ejercer su derecho de defensa, sin embargo, no contestó la demanda ni asistió a la audiencia citada por la Superintendencia de Industria y Comercio.

En la sentencia judicial que decidió la controversia, la Superindustria declaró la violación de los derechos al consumidor, ordenó hacer efectiva la garantía de calidad e idoneidad a través de la orden judicial de entrega de un nuevo computador portátil al consumidor demandante y le impuso a Almacenes CARCO una multa por incumplir los mandatos del Estatuto del Consumidor.

No procedencia de recursos

La decisión de carácter judicial adoptada por la Superintendencia de Industria y Comercio a favor del consumidor es de inmediato cumplimiento y contra ella no procede ningún recurso. Actualmente la sentencia judicial se encuentra debidamente ejecutoriada.

Página web de CARCO SEVE S.A.S: http://almacencarco.com/