Superintendencia de Industria y Comercio

Top bar

logo presidencia

Logo SIC y Gobierno de Colombia

Se encuentra usted aquí

Tramites y servicios menu secundario

El primero de enero de 2016 entra en vigencia el Código General del Proceso

El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso
El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso

El primero de enero de 2016 entrará en vigencia el Código General del Proceso

El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo Del Castillo, anunció en el marco del Tercer Encuentro de Autoridades Judiciales que se llevó a cabo en Bucaramanga, que a partir del primero de enero del próximo año, entrará a regir el Código General del Proceso.

Para el Superintendente, esto significa la entrada a un futuro en el cual se revolucionan los procesos judiciales ya que implica que Colombia tendrá más fortaleza en el sistema de oralidad, generando mayor eficiencia y agilidad en los juicios.

Se debe tener en cuenta, que la entrada en vigencia de este Código se anticipó, ya que contaba con un plazo máximo hasta el primero de enero de 2017 y se venía introduciendo de manera gradual, sin embargo, el Consejo Superior de la Judicatura se anticipó, con el fin de modernizar la administración de la justicia en Colombia.

Gracias a esto, la Superintendencia de Industria y Comercio, como autoridad jurisdiccional en materia de competencia desleal, protección al consumidor, y propiedad industrial; dará aplicación a la totalidad de normas del Código General del Proceso logrando un avance significativo en sus funciones judiciales.

 

Tercer Encuentro de Autoridades Judiciales

Bucaramanga fue la sede del Tercer Encuentro de Autoridades Judiciales, organizado por la Superintendencia de Industria y Comercio, el cual reunió a más de 50 jueces, magistrados y abogados de países como Ecuador, Perú, Brasil, España y Colombia.

Esta jornada especial contó con la presencia de reconocidos invitados como Luis José Diez-Canseco Núñez, quien resaltó la necesidad de realizar este tipo de eventos que generan espacios especiales de discusión que pueden generar nuevas perspectivas en materia judicial.

El encuentro contó con la participación de autoridades internacionales expertas en la resolución de conflictos por violación a los derechos del consumidor como Ewerton Gonzalves, Juez de Derecho Tribunal del Estado de Sao Pablo en Brasil, quien relató cuáles son las acciones de protección al ciudadano en ese país. Al respecto señaló que existe una plataforma tecnología por medio de la cual se realizan todos los procesos para conectar al proveedor de bienes o servicios con el cliente o consumidor y de esta manera que entre ambas partes concilien y lleguen a un acuerdo para evitar demandar.

"El tiempo promedio entre la fecha de la denuncia y la solución del problema al consumidor en Brasil utilizando dicha plataforma es de 6 días y cerca del 80% de los casos se resuelven a favor del cliente; en ese sentido el proveedor de servicios es responsable de la reparación por los daños causados" señaló Ewerton Gonzalves.

Por otro lado el miembro del Tribunal Andino de Justicia, Luis José Diez Canseco habló sobre la infracción de los derechos de propiedad industrial desde la perspectiva de esa autoridad. Dijo que en el Tribunal se ha cuidado el principio de especialidad y no es bueno que al legislador se le ocurre permitir administrar justicia que no sea competencia de los jueces porque eso se traduce en el desequilibrio del sistema.

Así mismo se refirió a la importancia de que el sistema económico de libre mercado funcione bien, teniendo en cuenta el actor del mercado que son los consumidores y los empresarios en sentido amplio.

Finalmente Luis Seller Roca, Magistrado Provincial de Valencia España, entregó una conferencia magistral en la que explicó la Directiva C5-2005 y específicamente habló sobre la cláusula general de competencia desleal en su configuración comunitaria.

Indicó que una empresa actúa de buena fe cuando sus conductas se acomodan a la competencia por eficiencia y mérito y no por competencia salvaje pasando por encima de los derechos del consumidor.

Para el Superintendente Delegado de Asuntos Jurisdiccionales, Fidel Puentes, este tipo de espacios son enriquecedores ya que se prestan para generar nuevas ideas y socializar los aspectos fundamentales de la jurisdicción colombiana.