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Radicado No. 13-114718

Fecha de la publicacion: 
Mayo 26, 2015

Clasificación: Modificación de apertura
Fecha: 25/05/2015

Publicada: (publicación portal web 26/05/2015)

Intervinientes:

- CONTRA LAS SIGUIENTES PERSONAS JURÍDICAS

  • GENERAL MOTORS COLMOTORES S.A.

por la presunta contravención de lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959

- CONTRA LAS SIGUIENTES PERSONAS NATURALES.

  • MARCO AURELIO PACHECO (Vicepresidente Posventa Andina y Miembro de la Junta Directiva)
  • SANTIAGO CHAMORRO MICOLTA (Gerente)
  • CAROLINA RAMÍREZ GARZÓN (Gerente de Desarrollo de Concesionarios 2011-octubre de 2013)
  • HUMBERTO LEONARDO GÓMEZ CAMPUSANO (Vicepresidente Comercial y Miembro de la Junta Directiva)
  • JORGE ALEJANDRO MEJÍA GONZÁLEZ (Director Gerente GENERAL MOTORS COLMOTORES)
  • JAIME ARDILA GÓMEZ (Presidente para Suramérica)

Por la posible infracción del de lo dispuesto en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009, al presuntamente haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas contempladas en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959.

Resumen: En aplicación del artículo 156 del Decreto Ley No 19 de 2012 , el cual modificó el artículo 17 de la Ley 1340 de 2009, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio la apertura de una investigación por una presunta infracción al régimen de libre competencia:

“La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución No. 26129 de 2015, formuló PLIEGO DE CARGOS contra GENERAL MOTORS COLMOTORES S.A., fabricante de los automóviles marca CHEVROLET®, por presuntas infracciones al régimen de libre competencia al prohibir a sus concesionarios y a los inversionistas de los mismos constituir sociedades o abrir establecimientos de comercio independientes para distribuir y comercializar vehículos de marcas diferentes a CHEVROLET®. Con estas conductas se estaría limitando la entrada y expansión de otros competidores en el mercado automotriz colombiano, lo cual implicaría una violación a lo establecido en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959, que prohíbe toda práctica, procedimiento o sistema tendiente a restringir o limitar la libre competencia económica.

Adicionalmente, la Superindustria formuló PLIEGO DE CARGOS contra seis (6) personas naturales en su condición de funcionarios o ex funcionarios o personas vinculadas directa o indirectamente con GENERAL MOTORS COLMOTORES S.A. CHEVROLET®, porque al parecer colaboraron, facilitaron, autorizaron, ejecutaron o toleraron la conducta anticompetitiva objeto del pliego de cargos.

A los investigados se les imputa la posible infracción del de lo dispuesto en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009, al presuntamente haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas contempladas en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959.

Por lo tanto, en los términos previstos por el artículo 19 de la Ley 1340 de 2009 modificado por el artículo 157 del Decreto 19 de 2012, los competidores, consumidores o, en general, aquél que acredite un interés directo e individual en la presente investigación, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la apertura de la investigación en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, podrán intervenir aportando las consideraciones y pruebas que pretendan hacer valer, al expediente radicado con el número13-114718, el cual reposa en la Superintendencia de Industria y Comercio.”

Documento de resumen: 13-114718.pdf

Tipo de documento: 
Aperturas de investigación