Mediante Resolución No. 2708 de 2016, la Delegatura para la Protección del Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio confirmó, en segunda instancia, la multa impuesta a JORGE HANÉ LABORATORIES COLOMBIA S.A.S., por publicidad engañosa de su producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST” por valor de SETECIENTOS OCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS ($708.785.000.oo).
De la misma manera, se confirmó la orden de cese de la publicidad del suplemento dietario “JORGE HANÉ REDU FAT FAST”, y la difusión de publicidad correctiva en las mismas condiciones de la difusión original, en la que introduzca de manera notoria, visible y legible para el consumidor, la leyenda “REDU FAT FAST ES UN SUPLEMENTO DIETARIO, NO UN PRODUCTO PARA BAJAR DE PESO”.
El caso concreto
La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio, inició de oficio una investigación administrativa contra JORGE HANÉ LABORATORIES COLOMBIA S.A.S. por la presunta infracción de los artículos 29 y 30 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) por hechos relacionados con publicidad engañosa de su producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST”, luego del análisis preliminar de las piezas publicitarias emitidas a través de diferentes medios de comunicación.
Analizado el material probatorio, tanto en primera como en segunda instancia, la Superindustria concluyó que el mensaje que se deriva del conjunto de piezas publicitarias que contienen el anuncio explícito “Gurú Internacional de la Pérdida de Peso”, reforzado por afirmaciones como “yo te lo garantizo” o “porque funciona” (emitidas por quien se atribuye la calidad de ‘Gurú Internacional de la Pérdida de Peso’), corresponde a que el suplemento dietario “JORGE HANÉ REDU FAT FAST”, supuestamente sirve para eliminar grasa, reducir peso o disminuir medidas corporales.
Así las cosas, la Superintendencia determinó, tanto en primera como en segunda instancia, que el mensaje transmitido al consumidor resulta engañoso, pues dichos resultados de eliminación de grasa, reducción de pesos y disminución de medidas, NO coinciden con la realidad, ya que NO existen soportes científicos ni técnicos que demuestren que el producto efectivamente genera los resultados atribuidos.
La Sanción
La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó en segunda instancia, la multa impuesta a JORGE HANÉ LABORATORIES COLOMBIA S.A.S., por publicidad engañosa de su producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST” por valor de SETECIENTOS OCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS ($708.785.000.oo) equivalentes a MIL CIEN SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (1.100 SMLMV).
No procedencia de recursos
Contra la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio NO procede ningún recurso.
Audio: Mónica Andrea Ramírez Hinestroza, Superintendente Delegada para la Protección del Consumidor.