Mediante Resolución No. 1485 de 2016, la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en primera instancia, impuso a NATURAL VITAMINS S.A.S, una multa de QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS PESOS ($551.563.200.oo), por suministrar información y publicidad engañosa frente a los resultados que supuestamente se obtienen al consumir su producto “TÉ CHINO - EL ORIGINAL”- entre los que se encuentran la pérdida de peso, la prevención del cáncer, la reducción de los triglicéridos, la mejoría del hígado graso y la disminución de la dependencia a la insulina, todo ello sin contar con los soportes y estudios científicos y técnicos concluyentes que permitieran hacer esas afirmaciones sobre las atribuciones o efectos del producto.
El caso en concreto
La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor, en el curso de una investigación administrativa, tuvo acceso a distintas piezas publicitarias del producto “TÉ CHINO - EL ORIGINAL” comercializado por NATURAL VITAMINS S.A.S, emitidas por redes sociales, material impreso y un programa de televisión presentado por la personalidad pública CÉSAR ESCOLA, en donde se anunciaba a los consumidores las bondades del producto asociadas con la pérdida de peso y la mejoría de condiciones médicas serias.
Luego de analizadas dichas piezas publicitarias, junto con las pruebas aportadas por la investigada al proceso, se encontró en primer lugar, que las proclamas asociadas con la pérdida de peso, esto es, que la ingesta del “TÉ CHINO - EL ORIGINAL” ayudaba a bajar de peso en 30 días, realmente no son atribuibles al té sino a un programa de pérdida de control de peso en el que el té simplemente es un apoyo para el consumidor que decide someterse a un régimen nutricional.
Adicionalmente, se encontró por parte de la Dirección que las proclamas sobre el producto ofrecido, no contaban con ningún tipo de respaldo técnico o científico que fueran suficientes e idóneos para demostrar que los beneficios ofrecidos respecto del “TÉ CHINO - EL ORIGINAL” fueran reales y comprobables, configurándose así las respectivas infracciones por desconocimiento de las normas relativas a la información y la publicidad, contenidas en el Estatuto del Consumidor.
La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor, encontró que en la página web donde se podía adquirir el producto, el precio del “TÉ CHINO - EL ORIGINAL” era anunciado sin incluir el IVA, por lo que los consumidores no podían conocer el precio final del producto desde el primer momento de la transacción. Por lo anterior, se consideró infringido el artículo 26 del Estatuto del Consumidor, que indica que el proveedor está obligado a informar al consumidor en pesos colombianos el precio de venta al público, incluidos todos los impuestos y costos adicionales de los productos
La Sanción
Por lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio pudo verificar la configuración de las infracciones de los artículos 23, 26, 29 y 30 del Estatuto del Consumidor, por suministrar información y publicidad engañosa frente al producto “TE CHINÓ EL ORIGINAL” que se comercializa en el mercado y por esa razón impone una multa a NATURAL VITAMINS S.A.S. de QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 551.563.200.oo) equivalentes a OCHOCIENTOS SALARIOS MINIMOS LEGALES MENSUALES (800 SMLMV).
Procedencia de recursos
Contra la sanción de primera instancia, proceden los recursos de reposición y de apelación ante la misma Superintendencia de Industria y Comercio.