- La Superintendencia de Industria y Comercio formuló Pliego de Cargos contra COMERCIALIZADORA DE FRANQUICIAS S.A., empresa responsable de la página web WWW.TICKETSHOP.COM.COtoda vez que, de acuerdo con el material probatorio recaudado, dicha empresa habría engañado a los consumidores colombianos que pretendieron adquirir boletas a través de la mencionada página web para asistir al partido Colombia vs Brasil del próximo 5 de septiembre de 2017 en Barranquilla por las eliminatorias al Mundial de fútbol.
- COMERCIALIZADORA DE FRANQUICIAS S.A. informó a los colombianos que a través de su página web WWW.TICKETSHOP.COM.CO vendería al público en general 6.000 boletas para asistir al partido Colombia vs Brasil a partir de las 0 horas del 8 de agosto de 2017 (a partir de las 12 de la noche). Sin embargo, las evidencias digitales y documentales recaudadas por la Superintendencia de Industria y Comercio permitieron establecer que el 8 de agosto de 2017, NO se puso en venta ni se vendió ni una sola boleta para el partido de fútbol Colombia vs Brasil en la página web WWW.TICKETSHOP.COM.CO.
- La Superindustria logró establecer, con las pruebas recaudadas hasta la fecha, que la versión dada a los medios de comunicación y a la Superintendencia de Industria y Comercio por COMERCIALIZADORA DE FRANQUICIAS S.A., según la cual, el 8 de agosto de 2017 vendió 6.000 boletas a través de la página web WWW.TICKETSHOP.COM.CO a miles de ciudadanos en un tiempo de 42 minutos no corresponde a la realidad y con ello se engañó a la ciudadanía y se pretendió obstruir la investigación de la autoridad de protección de los consumidores colombianos.
- En efecto, COMERCIALIZADORA DE FRANQUICIAS S.A., empresa responsable de la página web WWW.TICKETSHOP.COM.CO, le informó a los colombianos a través de los medios de comunicación y a la Superintendencia de Industria y Comercio en el curso de una diligencia administrativa de inspección llevada a cabo el día siguiente al de la supuesta venta de boletas, que “el día 8 de agosto de 2017, se comercializaron en total 6.000 boletas, distribuidas así: localidad norte 884, localidad sur 1.144, localidad oriental Águila 2.180 y localidad occidental Coca Cola 1.792”, lo cual días después fue contradicho por la misma empresa operadora de la boletería ante el requerimiento de la Superindustria de que indicara el nombre de cada uno de los compradores, la hora de la compra, el número de boletas adquiridas, el número de identificación de la transacción y el medio de pago, entre otras.
- COMERCIALIZADORA DE FRANQUICIAS S.A., empresa responsable de la página web WWW.TICKETSHOP.COM.CO, a través de una comunicación suscrita por el representante legal y de fecha 16 de agosto de 2018, cambió su versión, indicándole a la Superintendencia de Industria y Comercio que “no se efectuaron transacciones económicas vía web, toda vez que el sistema inhabilitó la compra de las mismas luego de establecer que para la fecha indicada, esto es, 8 de agosto de 2017, se había efectuado la venta total de la boletería”.
- Por todo lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio en ejercicio de sus funciones de inspección vigilancia y control ha dispuesto:
- 1 .Formular Pliego de Cargos contra COMERCIALIZADORA DE FRANQUICIAS S.A., empresa responsable de la página web WWW.TICKETSHOP.COM.CO y contra los representantes legales CÉSAR RONALDO CARREÑO CASTAÑEDA e IVÁN DARÍO ARCE GUTIÉRREZ por presuntas infracciones al Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) derivada del derecho que tienen los consumidores colombianos de recibir información veraz, clara, transparente, verificable, oportuna, precisa e idónea, así como por publicidad e información engañosa.
- 2. Decretar como medida cautelar y contra COMERCIALIZADORA DE FRANQUICIAS S.A., empresa responsable de la página web WWW.TICKETSHOP.COM.CO, la SUSPENSIÓN inmediata y de manera indefinida, mientras se surta la presente investigación administrativa, de la venta directa o indirecta, así como la intermediación de venta de boletería para cualquier espectáculo público y/o deportivo, presente o futuro, en el territorio colombiano.
- 3. Compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que se adelante la respectiva indagación por el presunto delito de fraude procesal y/o cualquier otro tipo penal que se haya configurado por el suministro de información falsa a la Superintendencia de Industria y Comercio.
- 4. Ordenar en expediente separado, la apertura de la investigación administrativa correspondiente por la presunta renuencia a suministrar información y por pretender obstruir una investigación de la Superintendencia de Industria y Comercio.
- 5. Disponer, como en efecto se está haciendo a esta hora, realizar otra visita administrativa de inspección a COMERCIALIZADORA DE FRANQUICIAS S.A. empresa responsable de la página web WWW.TICKETSHOP.COM.CO, para determinar a quienes se entregaron o vendieron las 45.500 boletas del partido de fútbol Colombia vs Brasil y así poder establecer si hay una conducta de acaparamiento con fines de reventa masiva de boletas.
- La Superintendencia de Industria y Comercio se permite informar y aclarar a la opinión pública que esta Entidad no está adelantando ninguna investigación administrativa que involucre el comportamiento de la Federación Colombiana de Fútbol por la venta de boletas.
¡Superintendencia de Industria y Comercio,
valoramos lo que tú valoras!