En la aplicación del principio de favorabilidad que rige en el derecho de consumo debe tenerse en cuenta la existencia de normas que no son claras, y por lo tanto no existen elementos suficientes que contribuyan a formar el criterio del operador jurídico; o, la existencia de un vacío legal.
La evaluación normativa que debe realizarse para dar aplicación al referido principio generalmente involucra un régimen jurídico de carácter general que se encuentra en contraposición a uno de carácter especial, de modo que en caso de que la regulación especial no brinde al menos la misma protección que el régimen general, se deberá aplicar este último y no la regulación especial.
En la aplicación del principio de favorabilidad que rige en el derecho de consumo debe tenerse en cuenta la existencia de normas que no son claras, y por lo tanto no existen elementos suficientes que contribuyan a formar el criterio del operador jurídico; o, la existencia de un vacío legal.