En ejercicio del mandato legal otorgado, la Superintendencia de Industria y Comercio, se encarga de velar por la libertad económica y la libre competencia; por tal razón, vigila el cumplimiento de las normas sobre protección de la libre competencia, en donde encontramos, entre otras, las normas sobre competencia desleal y prácticas comerciales restrictivas de la competencia.
Dentro de las prácticas comerciales restrictivas, encontramos el caso de la colusión. La colusión se define como la acción o efecto de coludir, es decir, el hecho o circunstancia de pactar en contra de un tercero o a una de las partes. En este sentido, cuando se realizan acuerdos entre los proponentes para no competir, para distribuirse adjudicaciones de contratos y concursos o fijar los términos de las propuestas, se está incurriendo en una práctica contraria a la libre competencia, tal y como lo describe el numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992.
En este sentido, si una persona considera que para algún caso se configura una colusión, o cualquier otra práctica comercial restrictiva de la libre competencia, podrá presentar una denuncia ante esta Superintendencia, adjuntando las pruebas que considere pertinentes, para que la Delegatura correspondiente atienda esta denuncia, estudie el caso y determine si existen argumentos suficientes para iniciar una investigación formal al respecto.
Concepto Radicación No. 17-310455 del 27 de septiembre de 2017
En ejercicio del mandato legal otorgado, la Superintendencia de Industria y Comercio, se encarga de velar por la libertad económica y la libre competencia; por tal razón, vigila el cumplimiento de las normas sobre protección de la libre competencia, en donde encontramos, entre otras, las normas sobre competencia desleal y prácticas comerciales restrictivas de la competencia.