La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal, confirmó en segunda instancia las sanciones impuestas a las sociedades ALEADOS STEEL, en calidad de importador y COMERCIALIZADORA AGROHIERROS en calidad de distribuidor de barras corrugadas, por un valor equivalente a 100 SMLMV. También, confirmó la sanción equivalente a 60 SMLMV, impuesta a la sociedad ALAMBRE LÁMINA HIERRO ALHIERRO, en calidad de comercializador.
Lo anterior, por cuanto las apelantes no lograron desvirtuar el incumplimiento de lo previsto en el artículo 8 del Decreto 1513 de 2012, ya que las barras corrugadas objeto de verificación no contaban con el Certificado de Conformidad de Producto válidamente emitido por un organismo de certificación acreditado según las disposiciones contenidas en el Reglamento Técnico de Barras Corrugadas.
La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal, confirmó en segunda instancia las sanciones impuestas a las sociedades ALEADOS STEEL, en calidad de importador y COMERCIALIZADORA AGROHIERROS en calidad de distribuidor de barras corrugadas, por un valor equivalente a 100 SMLMV. También, confirmó la sanción equivalente a 60 SMLMV, impuesta a la sociedad ALAMBRE LÁMINA HIERRO ALHIERRO, en calidad de comercializador.