Bogotá D.C., 30 de mayo de 2018. La Superintendencia de Industria y Comercio como máxima autoridad de metrología legal impuso multas equivalentes a un total de SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS ($ 682.367.584) a distribuidores minoristas de combustibles líquidos derivados de petróleo, al encontrar que no estaban entregando la cantidad exacta de combustible líquido por la que realmente pagaban los consumidores, tal como se detalla en el cuadro No. 1.
Las decisiones se presentaron luego de realizar visitas en las estaciones de servicio de combustibles ubicadas en la ciudad de Bogotá y en los municipios de Tumaco, Cartagena, Honda, La Ceja, Carmen de Bolívar, Ventaquemada, Ibagué, Zambrano, Cereté, Santa Rosa de Cabal, Peñol, Aguachica y Calamar, en donde se hallaron responsables a veinte (20) personas naturales y jurídicas.
En esta oportunidad, la SIC impuso sanciones en razón a que la norma metrológica ordena que los surtidores y dispensadores de combustibles estén debidamente calibrados en ceros (0) en todo momento, y en todo caso dentro de los márgenes de tolerancia, y así evitar que los consumidores sean inducidos a error al no recibir la cantidad exacta de combustible por la que pagan.
El anuncio fue hecho por el delegado para el control y las verificaciones de reglamentos técnicos y metrología legal, Jairo Malaver en el marco del Tercer Congreso de Metrología Legal que se lleva a cabo en la ciudad de Bogotá.
“La Superintendencia de Industria y Comercio reitera a los empresarios distribuidores minoristas que son responsables de garantizar la entrega exacta de combustible líquido por el que los consumidores están pagando en todo momento y que cumplan con las exigencias contempladas en el Decreto 1073 de 2015 del Ministerio de Minas y Energía, para proteger los intereses económicos de los consumidores”, expresó Malaver.
En los dos últimos años, la SIC ha incrementado sus actividades de control y vigilancia de metrología legal exponencialmente al alcanzar cifras nunca antes vistas en esta Superintendencia. Así, por ejemplo, entre 2018 y lo corrido de 2019 se han verificado más de 7.000 surtidores de combustibles en el territorio nacional.
A continuación, se relaciona los sancionados, los incumplimientos, el valor de la sanción y el número de resolución que la impuso:
Cuadro No. 1
Contra los actos administrativos sancionatorios de primera instancia, proceden los recursos de reposición y de apelación.
¡Superintendencia de Industria y Comercio, confianza que construye progreso!