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Fecha ingreso: 
Martes, Julio 7, 2020
Nombre proyecto: 
Proyecto de Resolución “Por el cual se adiciona la Sección 3 al Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte”
Siglas entidad reguladora: 
MINTRANSPORTE
Nombre entidad reguladora: 
Ministerio de Transporte
Sector: 
Transporte
Fecha de salida abogacía: 
Miércoles, Julio 29, 2020
Radicado salida: 
20-217727-3
Recomendación: 
Recomendación texto: 

Adicionar al artículo 2.2.1.2.3.3. del Proyecto, relativo a los principios de los sistemas de recaudo centralizados para los Sistemas de Transporte Publico, un literal donde se afirme que la promoción de la libre competencia se constituye uno de estos.

Adicionar al artículo 2.2.1.2.3.8 del Proyecto relativo a la interoperabilidad del Sistema, una regla en la cual se disponga que es obligación de las administraciones municipales encargadas de estructurar en detalle los aspectos técnicos, comerciales y operativos de la interoperabilidad, velar porque dichos aspectos no constituyan en modo alguno factores exclusorios injustificados contrarios a la normatividad en materia de libre competencia, esto es, que puedan favorecer a un determinado agente o grupo de agentes en el mercado.

Establecer un periodo de seguimiento a través del cual se puedan evaluar las condiciones establecidas en el Proyecto para los operadores del Sistema de recaudo, con miras a que, sin perjuicio de las condiciones y actos administrativos expedidos a favor de operadores de recaudo con contratos vigentes, pueda establecerse una senda tendiente a la homogenización de los aspectos de los que se ocupa el Proyecto, entre ellos, la interoperabilidad.

Aclarar en el Proyecto que la concurrencia de operadores tecnológicos, así como la posibilidad de que el usuario utilice diferentes medios de pago, incluya un tercer elemento consistente en que se deberá garantizar igualmente, sin perjuicio de la interoperabilidad, la posibilidad de concurrir en/por el mercado con diferentes tecnologías en aras a propender por la maximización de los beneficios que de ello se derivan.

Remitir a la Superintendencia de Industria y Comercio, para los propósitos definidos de la función de abogacía de la competencia, los posteriores actos administrativos que pretenda expedir el Ministerio de Transporte asociados con el Proyecto. 

Se genera restricción: 
Norma regulatoria: 
Decreto 1567 del 30 de noviembre de 2020
Comentarios: 
Archivo adjunto: 
Año: 
2020
Acto administrativo expedido: