Bogotá D.C., 23 de febrero de 2021. Ante la información difundida por “Ventura Group” la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) considera necesario hacer las siguientes aclaraciones:
• Mediante sentencia proferida el 15 de enero de 2021 la SIC negó todas las pretensiones de la demanda presentada por OPP Graneles S.A. en contra de la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura y ordenó el levantamiento de las medidas cautelares. Lo anterior, debido a que se determinó que no existían actos de competencia desleal.
• La decisión fue apelada por OPP Graneles S.A. y dicho recurso fue concedido para ser tramitado ante la Sala Civil del Tribunal de Bogotá.
• Mediante decisión de 18 de febrero de 2021, proferida en sede de tutela, el juez resolvió que la apelación de la sentencia debía ser concedida en el efecto suspensivo y no en el efecto que inicialmente se concedió, razón por la cual ordenó a la SIC conceder la apelación en esos términos.
• El juez de tutela no revocó el fallo proferido por la SIC como erróneamente lo señala “Ventura Group” en su comunicado.
• El juez de tutela dejó sin efecto el auto mediante el cual se resolvió el recurso de reposición contra el auto que concedió el recurso de apelación formulado contra la sentencia y ordenó a la SIC concederlo en el efecto suspensivo.
• El trámite de la apelación de la sentencia se encuentra pendiente, es decir, que aún no se ha proferido el respectivo fallo en segunda instancia, y por ello no es correcto señalar que el Tribunal Superior de Bogotá revocó el fallo de la SIC.
¡Superintendencia de Industria y Comercio,
confianza que construye progreso!