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Superindustria sancionó a Schlumberger Surenco S.A. por violar la libre competencia

•    La sanción impuesta se dio luego de que la empresa incurriera en la práctica restrictiva de impedir la libre circulación de las facturas de sus proveedores.

Bogotá D.C., 8 de junio de 2021. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de Autoridad Única de Competencia, impuso a Schlumberger Surenco S.A. una multa por cinco mil trescientos quince millones cuatrocientos noventa y un mil doscientos  ($5.315.491.200), al quedar demostrado que, a través de su sucursal en Colombia, materializó una serie de prácticas contrarias al régimen de libre competencia al haber impedido la libre circulación de facturas de sus proveedores. 

Igualmente se archivó la investigación a favor de Baker Tilly Colombia Ltda. y de las personas naturales Welffer Augusto Chacón López y Fanny Ramírez Cepeda.
El caso:
La investigación se inició gracias a una denuncia presentada ante la Superintendencia de Industria y Comercio en la que se informó que Schlumberger habría restringido la libre circulación de las facturas de sus proveedores, impidiendo el acceso de los mismos a operaciones de factoring como una alternativa rápida y ágil para obtener liquidez. 

La Superindustria, luego de un análisis detallado de las pruebas obtenidas y del material recabado en el expediente, determinó que Schlumberger impidió la libre circulación de las facturas de sus proveedores, limitándoles así la posibilidad de acceder al factoring como mecanismo de financiación.

Lo anterior tuvo lugar toda vez que Schlumberger habría:

•   Exigido que las operaciones de factoring de sus proveedores se realizaran únicamente con entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, excluyendo la posibilidad de adelantar este tipo de operaciones con las demás empresas autorizadas por la ley.

•    Rechazaba la vinculación de nuevos factores y direccionaba la decisión de sus proveedores para que realizaran las operaciones de factoring con los factores de su preferencia.

Para esta Superintendencia, el comportamiento adelantado por Schlumberger habría impedido la libre participación de sus proveedores en el mercado de oferta de liquidez, vulnerando así uno de los principales objetivos de la libre competencia. 

Igualmente, habría impedido el acceso de nuevos factores a este mercado, privilegiando a los de su elección. Esta práctica generó tanto efectos explotativos como exclusorios en el mercado, causando la perdida de eficiencia y afectando mecanismos novedosos de financiación como el factoring. 

Por lo anterior, se impuso una multa de $5.315.491.200 a Schlumberger Surenco S.A. Contra esta decisión procede el recurso de reposición ante el Superintendente de Industria y Comercio.

 

Resolución 

 


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