Bogotá D.C., 30 de junio de 2021. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección de datos personales, sancionó a las Cámaras de Comercio de Cúcuta, Villavicencio y Montería por infringir varias disposiciones de las normas sobre protección de datos personales (Ley 1581 de 2012 y Decreto 1074 de 2015), las sanciones de los tres entes camerales ascienden a $225.109.600 (DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS).
Las sanciones impuestas fueron:
• Cámara de Comercio de Villavicencio: Resolución 39514 y una sanción de: $83.508.400. Esta Cámara reconoció expresamente la comisión de la infracción, razón por la cual la multa inicial se redujo.
• Cámara de Comercio de Cúcuta: Resolución 39504 y una sanción de: $90.770.000.
• Cámara de Comercio de Montería: Resolución 39508 y una sanción de: $50.831.200.
La SIC encontró que mediante diversos formularios que utilizan en sus páginas web se recolectan datos personales, pero, en algunos casos, las citadas Cámaras de Comercio:
• No solicitan la autorización de las personas para recolectar y usar sus datos personales.
• No informan al titular del dato todo lo que exige el Artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012.
• No informan a las personas la finalidad de la recolección y tratamiento de sus datos personales.
• La Política de Tratamiento de Información (PTI) no cumple los mínimos requisitos que exige la regulación colombiana.
Adicionalmente, en los casos de las Cámara de Comercio de Villavicencio y de Cúcuta la SIC impartió órdenes administrativas para que cumplan los mandatos legales sobre tratamiento de datos personales y ajusten su Política de Tratamiento de Información.
Contra las decisiones proceden los recursos de reposición y apelación.
Documento
20-221040 VU
20-221206 VU
20-210753 VU
¡Superintendencia de Industria y Comercio,
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