El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo Del Castillo, en ejercicio de sus facultades de inspección, vigilancia y control en materia de protección de la competencia, mediante Resolución No. 66698 del 18 de noviembre de 2013 resolvió los recursos de reposición interpuestos por HÉCTOR ALBERTO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y ORLANDO RAMÍREZ GÓMEZ contra la Resolución No. 53914 de 2013, en virtud de la cual, la SIC sancionó a dichos contratistas por haber incurrido en colusión o acuerdo anticompetitivo en una contratación pública adelantada por el INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD – IDIPRON-, cuyo objeto era el suministro de abarrotes para los diferentes proyectos de la Entidad, por un valor total de 2.566 millones de pesos.
La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó que en el primer semestre de 2011, HÉCTOR ALBERTO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y ORLANDO RAMÍREZ GÓMEZ, como agentes del mercado, desplegaron conjuntamente una estrategia para obtener el contrato con el IDIPRON, según la cual realizarían ofertas previamente concertadas que aumentaran la probabilidad de adjudicación del contrato a alguno de dichos oferentes, y que garantizaran que el precio que la Entidad pública pagara por los insumos fuera el mayor posible.
Al decidir los recursos de reposición, las sanciones impuestas fueron las siguientes:
a) TRESCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS ($326.583.000) impuestos a HÉCTOR ALBERTO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, equivalentes a quinientos cincuenta y cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes (554 SMMLV).
b) CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL PESOS ($443.304.000), impuestos a ORLANDO RAMÍREZ GÓMEZ, equivalentes a setecientos cincuenta y dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (752 SMMLV).
De acuerdo con lo establecido en la ley, contra esta decisión del Superintendente de Industria y Comercio no procede ningún recurso.
Las colusiones o acuerdos anticompetitivos en procesos de contratación pública
Las colusiones en licitaciones afectan la competencia y el patrimonio del Estado, en la medida en que aumentan los precios de los bienes y servicios que éste contrata para cumplir con sus funciones.
Según estudios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), las adquisiciones del sector público representan en promedio el quince por ciento (15%) del Producto Interno Bruto (PIB) de un país, lo que convierte a la contratación pública en un componente importante de la actividad económica y en prioritaria la acción del Estado para combatir este tipo de prácticas anticompetitivas o restrictivas de la libre competencia.