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Superindustria halla otros catorce (14) medicamentos que se vendían por encima de los precios máximos de ventas fijados por el Gobierno Nacional

Bogotá D.C Enero 7 de 2014

Superindustria halla otros catorce (14) medicamentos que se vendían por encima de los precios máximos de ventas fijados por el Gobierno Nacional

  • La investigación de la SIC determinó que OUTSOURCING FARMACÉUTICO INTEGRAL S.A.S. vendió once (11) medicamentos entre un 2,7% y un 113% por encima de los precios máximos de venta establecidos por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.

  • Otros tres (3) medicamentos fueron vendidos por MEDICAMENTOS POS DEMPOS S.A entre un 4,6% y un 12% por encima de los precios máximos de venta establecidos.

  • Los medicamentos sobre los cuales recayeron las investigaciones son utilizados para el tratamiento de pacientes con alzheimer, diabetes, hipertensión pulmonar, cáncer y artritis.

Bogotá, D.C., 7 de Enero de 2014. La Dirección de Investigaciones para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante Resolución No. 93943 del 31 de diciembre de 2013, sancionó en primera instancia a la sociedad mayorista OUTSOURCING FARMACÉUTICO INTEGRAL S.A.S. con multa de OCHO MIL TRESCIENTOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($8.311.950.000), equivalentes a catorce mil cien salarios mínimos legales mensuales vigentes (14.100 SMLMV), por vender medicamentos por encima del precio máximo fijado por el Gobierno Nacional mediante Circular 01 del 30 de diciembre de 2011 emitida por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.

Así mismo, mediante Resolución No. 93933 del 31 de diciembre de 2013, la misma Dirección de la SIC, sancionó en primera instancia a EDICAMENTOS POS DEMPOS S.A. con multa de DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($2.739.406.500) equivalentes a cuatro mil seiscientos cuarenta y siete salarios mínimos legales mensuales vigentes (4.647 SMLMV).

Las nuevas averiguaciones

La SIC, en su función de inspección, vigilancia y control para el cumplimiento del régimen de fijación de precios, requirió a todas las Entidades Promotoras de Salud (EPS) del país con el fin de que remitieran la información sobre las compras de medicamentos entre los meses de abril y septiembre del año 2012.

El caso de OUTSOURCING FARMACÉUTICO INTEGRAL S.A.S.

Como consecuencia de la información reportada por la Caja de Compensación Familiar Comfenalco del Valle del Cauca (Comfenalco Valle), la Superintendencia de Industria y Comercio encontró, que a dicha empresa, la investigada OUTSOURCING FARMACÉUTICO INTEGRAL S.A.S. le vendió los siguientes medicamentos por encima del precio máximo fijado por el Gobierno Nacional para el "canal institucional" del Sistema General de Seguridad Social en Salud:

Contra la sanción impuesta en primera instancia proceden los recursos de reposición y apelación ante la misma Superintendencia.

El caso de MEDICAMENTOS POS DEMPOS S.A.

Así mismo, y como consecuencia de la información reportada por la Entidad Promotora de Salud Coomeva EPS, la Superintendencia de Industria y Comercio encontró, que a dicha EPS, la investigada MEDICAMENTOS POS DEMPOS S.A. le vendió los siguientes medicamentos por encima del precio máximo fijado por el Gobierno Nacional para el "canal institucional" del Sistema General de Seguridad Social en Salud:

Contra la sanción impuesta en primera instancia proceden los recursos de reposición y apelación ante la misma Superintendencia.

SIC continuará en 2014 su labor de investigación contra mayoristas y laboratorios farmacéuticos

La Superintendencia de Industria y Comercio seguirá adelantando investigaciones en el 2014, en todo el territorio nacional, a empresas mayoristas y laboratorios farmacéuticos que vendan medicamentos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud con el fin de determinar posibles conductas violatorias a este régimen.

De acuerdo con el artículo 132 de la Ley 1438 de 2011(1) "por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones", la Superintendencia de Industria y Comercio puede imponer sanciones pecuniarias de hasta TRES MIL OCHENTA MILLONES DE PESOS ($3.080.000.000) por cada infracción equivalentes a cinco mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (5.000 SMLMV).

vea las resoluciones:


(1).Ley 1438 de 2011. "Artículo 132. Multas por infracciones al régimen aplicable al control de precios de medicamentos y dispositivos médicos. La Superintendencia de Industria y Comercio impondrá multas hasta de cinco mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (5.000 SMLMV) a cualquiera de las entidades, agentes y actores de las cadenas de producción, distribución, comercialización y otras formas de intermediación de medicamentos, dispositivos médicos o bienes del sector salud, sean personas naturales o jurídicas, cuando infrinjan el régimen aplicable al control de precios de medicamentos o dispositivos médicos. Igual sanción se podrá imponer por la omisión, renuencia o inexactitud en el suministro de la información que deba ser reportada periódicamente.

Cuando se infrinja el régimen de control de precios de medicamentos y dispositivos médicos acudiendo a maniobras tendientes a ocultar a través de descuentos o promociones o en cualquier otra forma el precio real de venta, se incrementará la multa de una tercera parte a la mitad."