Bogotá, noviembre 22 de 2012
La Superintendencia de Industria y Comercio –SIC- se permite informar a la opinión pública que:
1. En la mañana de hoy, los medios de comunicación registraron el inminente desplazamiento de un grupo de manifestantes hacia las instalaciones de esta Superintendencia.
2. Ante la situación de orden público que se anunciaba, se hicieron presentes en la sede de la SIC, miembros de la fuerza pública dirigidos por el Comandante Operativo de la Policía Metropolitana de Bogotá, los cuales recomendaron evitar el acceso de público a las instalaciones de la Entidad.
3. En aras de proteger la integridad de los funcionarios de la SIC, y de sus usuarios, así como de las instalaciones de la Superintendencia, se consideró necesario restringir el acceso al público.
4. El artículo 121 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del 306 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece "... En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial,ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho." (negrilla fuera de texto).
5. En el mismo sentido, corresponde al Superintendente de Industria y Comercio asegurar las garantías procesales en las actuaciones que se adelantan y generan las condiciones apropiadas de los sujetos procesales que en ellas intervienen.
6. Con fundamento en lo anterior y en ejercicio de sus facultades legales, el Superintendente de Industria y Comercio mediante Resolución No. 70565 del 22 de noviembre de 2012, ordenó la SUSPENSIÓN de los términos procesales de las actuaciones que se surten ante las distintas dependencias de la Superintendencia de Industria y Comercio.
7. La suspensión de los términos procesales se dará durante un día, ello es, durante el 22 de noviembre de 2012.
Contactos:
Medios de comunicación y prensa, 587 00 00 ext.1002 y 1220, ahcomunicaciones@sic.gov.co