Bogotá D.C., Enero 27 de 2012.-La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, ordenó a una odontóloga devolver el dinero que un usuario pagó después de contratar un tratamiento en el que perdió una pieza dentaria.
En la sentencia proferida a favor del consumidor en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, la SIC precisó que la profesional de la salud no probó cuál había sido la evolución del paciente durante el procedimiento periodontal y tampoco acreditó que hubiese empleado sus mejores esfuerzos en el tratamiento como era su deber.
Por lo anterior, la Superindustria ordenó la devolución de la totalidad de las sumas de dinero pagadas por el paciente, al tiempo que advirtió en el fallo, que el reintegro del dinero debe hacerse debidamente indexado, de modo que el consumidor afectado por la falta de calidad e idoneidad del servicio, no sufra un perjuicio adicional derivado de la pérdida de poder adquisitivo del dinero que pagó por el fallido tratamiento odontológico.
La referida sentencia no admite recurso alguno en consideración al valor del tratamiento.