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Superindustria sanciona a Comcel s.a. por ofrecer cláusulas de permanencia mínima mayores a las autorizadas

Superindustria sanciona a Comcel s.a. por ofrecer cláusulas de permanencia mínima mayores a las autorizadas


Bogotá D.C., Enero 13 de 2012.-La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó con  multa equivalente a treinta salarios mínimos mensuales legales vigentes al proveedor de servicios de telecomunicaciones Comcel S.A., por ofrecer a usuarios que adquirieron equipos terminales iPhone 4S planes que incluyen cláusulas de permanencia mínima superiores a doce (12) meses, vulnerando lo establecido en el Régimen Integral de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones, el cual establece que, a no ser que se subsidien o financien equipos de conexión a internet, no se pueden pactar cláusulas de permanencia mayores a un año..  

A su vez, mediante Resolución 78925  del 29 de diciembre de 2011, la Superintendencia de Industria  y Comercio  ordenó a Comcel S.A. modificar la totalidad de los contratos de prestación de servicios y/o anexos contentivos de las cláusulas de permanencia mínima anteriormente descritos, así como informar, en forma individual y por escrito, a todos los usuarios que a partir del 1º de octubre de 2011 suscribieron contratos de prestación del servicio de telefonía móvil con cláusula de permanencia mínima por un término superior a un año, que la permanencia mínima se limita a los doce (12) primeros meses de su ejecución, momento a partir del cual los usuarios se encuentran en libertad de terminar el contrato sin las consecuencias económicas derivadas de la suscripción de la cláusula de permanencia mínima.