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Rechazo de ciertos enunciados de la clasificación de NIZA a partir del 20 de febrero de 2014

Rechazo de ciertos enunciados de la clasificación de NIZA a partir del 20 de febrero de 2014

A raíz de la Sentencia del Tribunal de Justicia conocida como IP-Translator (sentencia del Tribunal de Justicia -Gran Sala- de 19 de junio de 2012, que recordaba la necesidad de que el ámbito aplicativo protegido por una solicitud de marca esté definido con la suficiente claridad y precisión, la OAMI y las oficinas nacionales de la UE han revisado la totalidad de los enunciados de los títulos de clase de las 45 clases de la Clasificación de Niza, llegando a la conclusión de que 11 de esos enunciados, o ciertas partes de ellos, carecen de la suficiente precisión y claridad que la mencionada sentencia exigía.

En consecuencia, el pasado 20 de noviembre se publicó en la página web de la OEPM una Comunicación Conjunta que recoge los resultados del trabajo y acuerdo final (http://www.oepm.es/es/sobre_oepm/noticias/2013/2013_11_19_Acuerdo_Oficinas_Nacionales_Marcas.html).

Fuente: lasclavesdelderecho.com