Una afectación es un cambio que puede sufrir el registro de una marca con posterioridad a su concesión y que puede ser solicitado para mantener la información actualizada ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Las afectaciones pueden consistir entre otros, en:
Transferencia | Medidas cautelares |
Licencias de Uso | Usufructos |
Sublicencias de Uso | Garantías Mobiliarias |
El tramite se puede hacer en línea a través del SIPI, ahí le aparecerá un formulario el cual usted debe ir diligenciando paso a paso o también lo puede hacer en físico.
Si lo hace en físico:
. Debe diligenciar y radicar el formulario de inscripción de afectaciones, formato PI01-F22
. Recibo de pago
. En caso de actuar por intermedio de apoderado, el poder.
Los requisitos son:
Sí. Las afectaciones pueden ser susceptibles de requerimientos.
Las notificaciones se efectuarán por medios electrónicos a través del correo electrónico aportado por el solicitante.
Si no se da respuesta al requerimiento dentro del término establecido para ello (dos meses a partir de la notificación del oficio del requerimiento), se declarará el archivo solo respecto de la clase o clases afectadas por el requerimiento.
En el caso que la Superintendencia de Industria y Comercio encuentra improcedente acceder a la solicitud de inscripción en relación con alguna o algunas clases o con alguno o algunos de los productos o servicios, por no cumplir con los requisitos legales, procederá a inscribir aquellos en relación con los cuales no se encuentre inconveniente, y requerirá al solicitante para que allegue la información faltante o corrija o aclare la aportada, de ser el caso, negará la inscripción solicitada en relación con los otros registros, los cuales continuarán el trámite correspondiente.
Sí, debido a que no es suficiente con la firma de un contrato de transferencia, pues si en el registro no aparece el nuevo propietario como titular no podrá hacer valer sus derechos contra terceros.
No, la persona titular sigue siendo la misma pero con distinto nombre o razón social. No obstante, es recomendable mantener actualizado el registro, de suerte que se faciliten futuras afectaciones sobre el mismo.
La licencia de uso es un acuerdo por el cual el titular de una marca (licenciante) le cede o concede a un tercero (licenciatario) el uso de una marca, reteniendo el titular la propiedad de la misma. Lo puede hacer mediando el pago de una remuneración o de forma gratuita.
El registro de la licencia de marca ante la SIC es opcional, de manera que la ausencia de registro no afectará la validez u oponibilidad de dichos acuerdos. Sin embargo, en caso de que se decida registrar la licencia esta debe constar por escrito o su solicitud de registro debe ser firmada por las partes.