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Cancelación del registro de marcas

¿Qué es acción de cancelación del registro?

Es un procedimiento mediante el cual una persona puede solicitar la cancelación del registro de una marca. Esta solicitud puede hacerse en 3 casos:

  • Por no uso:Si la marca registrada no se ha usado en al menos uno de los países miembros de la Comunidad Andina, sin motivo justificado, durante los tres años precedentes a la fecha en que se solicite la cancelación.
  • Por Notoriedad:Si la marca registrada es idéntica o similar a una que hubiese sido notoriamente conocida, de acuerdo con la legislación vigente, al momento en de solicitarse su registro.
  • Por Vulgarización:Si el titular de la marca registrada provocó o toleró que esta se convirtiera en un signo común o genérico para identificar los productos o servicios para los cuales está registrada.

¿A quién se le notifica el inicio de una acción de cancelación de un registro marcario?

Al momento de presentarse una solicitud de cancelación, la Superintendencia de Industria y Comercio notifica al titular de la marca, para que dentro del plazo de 60 días haga valer sus argumentos y presente las pruebas que estime convenientes.

¿Cuánto tiempo debe transcurrir para que puedan iniciarse una acción de cancelación por no uso?

Tres años contados a partir de la fecha de notificación de la resolución que agote el procedimiento de registro de la marca.

¿Qué sucede si el titular de un registro de marca solo prueba el uso respecto de algunos de los productos o servicios incluidos en el registro?

El registro se cancelará de forma parcial, excluyendo aquellos productos o servicios para los cuales no haya usado la marca.