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UNILEVER incurrió en competencia desleal contra la Federación Colombiana de Fútbol y su socio oficial Procter & Gamble: Superindustria

UNILEVER incurrió en competencia desleal contra la Federación Colombiana de Fútbol y su socio oficial Procter & Gamble: Superindustria

UNILEVER incurrió en competencia desleal contra la Federación Colombiana de Fútbol y su socio oficial Procter & Gamble: Superindustria

  • La sentencia judicial fue adoptada por la Superindustria dentro del proceso de competencia desleal instaurado por la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL y PROCTER & GAMBLE contra UNILEVER por el uso no autorizado de la imagen de la selección colombiana de fútbol.
  • La Superintendencia afirmó que UNILEVER incurrió en los actos desleales de explotación de la reputación ajena, desviación de la clientela y confusión al utilizar la imagen, logos y signos distintivos de la Selección Colombia sin la autorización de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL, para realizar una campaña publicitaria del detergente FAB.
  • La Superindustria le ordenó a UNILEVER pagar más de $100 millones como indemnización de perjuicios a favor de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL.
  • La Superindustria indicó en su decisión judicial que ninguna persona puede aprovecharse con fines comerciales de utilizar la imagen, logos, signos distintivos o la camiseta de la Selección Colombia sin la autorización de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL.

La Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), decidió el litigio de competencia desleal instaurado por la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL y PROCTER & GAMBLE COLOMBIA LTDA, contra UNILEVER ANDINA COLOMBIA LTDA, por el uso no autorizado de la imagen, logos, signos distintivos y la camiseta de la Selección Colombia de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL, con ocasión de su participación en el Mundial de Fútbol Brasil - 2014.

El caso judicial

La FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL y PROCTER & GAMBLE COLOMBIA LTDA argumentaron en su demanda judicial, que UNILEVER ANDINA COLOMBIA LTDA realizó una estrategia comercial en la que utilizó la imagen, logos, signos distintivos y la camiseta de la Selección Colombia cuyo derecho de explotación corresponde a la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL, comportamientos que resultan constitutivos de los actos de competencia desleal en la Ley 256 de 1996.         

La decisión judicial

En la sentencia judicial, la Superindustria decidió que UNILEVER ANDINA COLOMBIA LTDA ejecutó una estrategia comercial desleal a través de la campaña publicitaria para su detergente “FAB” denominada “A ensuciar la camiseta”, tendiente a aprovecharse de la reputación de la Selección Colombia de Fútbol, creando un vínculo emocional con la imagen de esta, en un marco temporal especial como lo fue el Mundial de Fútbol Brasil - 2014, sin haber obtenido la respectiva autorización de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL.

Al respecto, se encontró probado que PROCTER & GAMBLE COLOMBIA LTDA. suscribió un contrato de patrocinio con la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL, a través del cual adquirió la exclusividad para explotar la imagen de la Selección Colombia de Futbol para su detergenteARIEL”. En el caso judicial se encontró que UNILEVER ANDINA COLOMBIA LTDA desplegó una campaña publicitaria para su detergente “FAB”, competidor de “ARIEL”, en los momentos previos al Mundial de Fútbol Brasil 2014 que denominó “A ensuciar la camiseta”, y que utilizó sin tener autorización para ello, la imagen de la Selección Colombia de Fútbol, a través del uso de impulsadoras en diferentes puntos de venta vistiendo la camiseta oficial de Selección Colombia.

Por lo anterior, se determinó que dicha campaña publicitaria desplegada por UNILEVER  configuró los actos de competencia desleal de explotación de la reputación ajena (artículo 15 de la Ley 256 de 1996, de confusión (artículo 10 de la Ley 256 de 1996) y de desviación de la clientela (artículo 8 de la Ley 256 de 1996).

De igual forma, se condenó a UNILEVER ANDINA COLOMBIA LTDA a pagar a la Federación Colombiana de Fútbol, la suma de CIENTO UN MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($101´209.612) por concepto de indemnización de perjuicios.

Recurso de apelación contra la sentencia judicial de la Superindustria

Contra la sentencia judicial se interpusieron recursos de apelación que deberán ser resueltos por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.

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