Superintendencia de Industria y Comercio

Top bar

logo presidencia

Logo SIC y Gobierno de Colombia

Se encuentra usted aquí

Tramites y servicios menu secundario

Estación de Servicio “EDS La 25” de Cali multada por falta de calibración en surtidores de combustible

Estación multada por falta de calibración

Estación de Servicio “EDS La 25” de Cali multada por falta de calibración en surtidores de combustible

 

  • Con el fin de proteger a los consumidores, la Superintendencia de Industria y Comercio y la Alcaldía de Cali realizan sinergia para llevar a cabo un control metrológico sobre los instrumentos de medición que se utilizan en las estaciones de servicio de la ciudad.
  • En la visita de inspección realizada por la Alcaldía de Cali se pudo verificar que la Estación de Servicio “EDS La 25” tenía desajustados los surtidores para el suministro de combustible por fuera de los márgenes de tolerancia establecidos por la norma, en contra del consumidor.
  • La Alcaldía de Santiago de Cali impuso en primera instancia una sanción por más de 24 millones de pesos, sanción que fue confirmada en recurso de apelación por la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

Santiago de Cali, 12 de Noviembre de 2014.- En la labor de protección al consumidor, la Alcaldía de Santiago de Cali impuso una multa de $24.640.000 a la estación de servicio “EDS La 25”, por tener los surtidores de combustible desajustados en porcentaje muy superior al margen de tolerancia permitido por el Decreto 1521 de 1998, sanción que fue confirmada por la Superintendencia de Industria y Comercio en segunda instancia.

El Estatuto del Consumidor establece que las alcaldías locales son competentes para hacer vigilancia y control de los instrumentos de medición que se utilizan en el territorio de su jurisdicción pudiendo imponer sanciones de hasta 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes por incumplimiento de las normas sobre funcionamiento de dichos instrumentos.  Las sanciones impuestas por las Alcaldías, pueden ser recurridas por el sancionado en recurso de apelación ante la Superindustria, para que verifique la legalidad de la misma.

En el caso concreto, la Alcaldía de Santiago de Cali realizó una visita de inspección a la estación de servicio “EDS La 25”, con el fin de verificar las mediciones de los surtidores. En la visita, los inspectores encontraron que los surtidores estaban por fuera del margen de tolerancia establecido. Según la norma, un consumidor puede recibir hasta siete (7) pulgadas cúbicas menos por cada cinco galones, en este caso, los inspectores constataron que la estación estaba entregando cantidades muy inferiores que superaban las 15 pulgadas cúbicas.

Ante la evidencia, la Alcaldía de Cali sancionó a la estación mediante Resolución No 411.021.0121 del 11 de julio de 2014, dicha decisión que fue apelada por el establecimiento y confirmada por la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución No. 65036 del 31 de octubre de 2014. Para la Superindustria, es evidente que se trató de una violación a las obligaciones impuestas por la ley, pues las estaciones de servicio deben mantener en perfecto estado de conservación, funcionamiento y debidamente calibrada en ceros (0), los surtidores de combustible.