Bogotá, D.C., 31 de octubre de 2013. La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) mediante Resolución No 60447 del 17 de octubre de 2013 sancionó, en segunda instancia, a la empresa COLOMBOESPAÑOLA DE CONSERVAS LIMITADA con una multa de ciento setenta y seis millones ochocientos cincuenta mil pesos ($176'850.000), equivalente a trescientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (300 smlmv), por no entregar a los consumidores información adecuada respecto del contenido anunciado en el producto "Atún Isabel Lomitos en Agua", en presentación lata.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en cumplimiento de sus funciones de inspección, vigilancia y control, realizó una visita administrativa de inspección en el punto de distribución y bodega de propiedad de la sociedad COLOMBOESPAÑOLA DE CONSERVAS LIMITADA, con el fin de verificar si el contenido anunciado y vendido de "Atún Isabel Lomitos en Agua", correspondía o no al contenido real entregado al consumidor.
Conforme a la visita administrativa de inspección llevada a cabo el 19 de noviembre de 2012, en las instalaciones de COLOMBOESPAÑOLA DE CONSERVAS LIMITADA, la Superintendencia de Industria y Comercio verificó el producto "Atún Isabel Lomitos en Agua" y como resultado de la verificación encontró que el peso neto informado en la cara principal del preempacado era de 80 gramos. Este contenido incluía el peso del producto y del agua que lo contiene y NO declaraba el peso escurrido correspondiente al mismo, pese a que las normas nacionales e internacionales sobre metrología legal exigen que, cuando un producto es envasado en un medio líquido (como por ejemplo, atún en agua) este también debe indicar claramente el peso escurrido en la etiqueta de la cara principal.
La Entidad verificó una muestra de 125 unidades de "Atún Isabel Lomitos en Agua" y como resultado de la verificación se encontró que el contenido anunciado en la cara principal del empaque de todas y cada una de las 125 latas de atún no correspondía al contenido real del producto empacado, incumpliendo los requisitos establecidos por la Resolución 16379 de 18 de junio de 2003 por la cual se reglamenta el control metrológico de productos en preempacado.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe resaltar que la sociedad investigada ya tomó las medidas correctivas incorporando el peso escurrido del producto dentro de la etiqueta, en las condiciones establecidas en las normas sobre rotulado de productos preempacados.
Contra la Resolución No. 60447 de la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal no procede recurso alguno.
Las siguientes imágenes ilustran el caso: