Neiva (Huila), 3 de Junio de 2015. La Delegatura para la Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución No. 29488 de 2015, declaró la Protección de la Denominación de Origen “SOMBRERO SUAZA” solicitada por la Alcaldía del municipio de Suaza, y delegó la facultad de autorizar el uso de la Denominación de Origen a la Precooperativa Multiactiva Valle del Sombrero Suaza Ltda.
La ceremonia de entrega de la Denominación de Origen se llevó a cabo en el recinto de la Asamblea Departamental y estuvo presidida por el Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, quien al momento de su entrega resaltó: “esta protección que corresponde a la número 22 en Colombia, es una prueba clara de que los productos pertenecientes a una región especial, como la del Valle del Río Suaza, en este caso, son de gran importancia para el desarrollo económico del país, pues se trata de artículos únicos que pueden ser comercializados en el exterior con garantía de originalidad y de calidad”.
Para el Gobernador del Huila, Carlos Mauricio Iriarte Barrios, el hecho de contar con esta Denominación de Origen es la muestra de que la unión entre huilenses crea fortaleza para mostrar un producto de calidad ante el resto del país y del mundo y demuestra la capacidad de auto regulación y de emprendimiento de nuestros campesinos y artesanos.
El “Sombrero Suaza” y sus características
Durante el proceso no se presentaron oposiciones y la Dirección de Signos Distintivos presentó informe motivado al Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial aduciendo que el solicitante de la declaración de protección de la Denominación de Origen cumplía con los requisitos exigidos por la Decisión 486 de 2000 y la Resolución 57530 de 2012 que reglamenta dicha Decisión; para declarar la protección se tuvo presente que:
La delegación de la Denominación de Origen
En cuanto a la escogencia de la entidad que administrará y controlará que se use correctamente la denominación de origen, "SOMBRERO SUAZA”, la Precooperativa Multiactiva Valle del Sombrero Suaza Ltda., fue la que solicitó a la Delegatura para la Propiedad Industrial la delegación de la facultad de autorizar el uso de la denominación de origen a quienes cumplan los requisitos consagrados en la resolución que declara su protección. Esta organización demostró el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normatividad vigente ya que: 1) se creó para administrar la Denominación de Origen; 2) en este momento agremia el 56,6% de los productores del sombrero de la zona geográfica delimitada, es decir 140 productores y tejedores; y, 3) cuenta con la estructura administrativa y financiera y los órganos de control necesarios para cumplir con el objeto de la administración.
“Esta denominación, junto con la de Café de Santander son las dos primeras, que, en una misma actuación de la SIC, además de haber sido declaradas, su administración fue delegada a una asociación que representa los intereses de los beneficiarios, lo cual demuestra que el cambio en los requisitos exigidos por la Superindustria para estos trámites ha servido para fomentar la asociatividad y empoderar a los titulares para que desde el primer día de la protección defiendan la denominación y la cuiden”, aseguró, el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial, José Luís Londoño Fernández.
Las Denominaciones de Origen en Colombia
Las Denominaciones de Origen son signos distintivos que identifican productos reconocidos o por tener una calidad o características específicas que se deben únicamente a su lugar de origen y a la forma tradicional de producirlo por parte de sus habitantes. Esto implica que nadie puede usar estas Denominaciones para identificar productos iguales o similares, cuando éstos no provengan del verdadero lugar y/o no contengan las calidades que le han dado la reputación al producto protegido.
Para poder usar una Denominación de Origen, el productor, extractor o transformador debe solicitar la correspondiente autorización, demostrando que su producto proviene de la zona original y que cumple con los requisitos de calidad que llevaron a dicho reconocimiento. Esta solicitud debe presentarse ante la Superindustria, pero esta Entidad puede delegar esa función en aquellas entidades públicas o privadas que cumplan las condiciones que garanticen la correcta administración de la Denominación de Origen, tales como: representatividad de sus beneficiarios o la capacidad técnica para adelantar todas las acciones de control para el correcto uso de la denominación de origen.
La Superindustria ha declarado la protección de 22 denominaciones de origen colombianas, entre ellas, el “Queso Paipa” y el “Queso Caquetá”, así como productos artesanales tales como “Tejeduría Zenú” (famosa por su “Sombrero Vueltiao”).