La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución N° 101961 de 2015, protegió la denominación de origen CAFÉ DE HUILA, y negó el registro como marca del signo: CAFÉ RÍO SUAZA, pretendido por el señor OLIVER TORRES TOVAR, para identificar “café pergamino, café trillado, molido, tostado, empacado, empaquetado al vacío, miel de café”, producto comprendido en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Las denominaciones de origen identifican productos reconocidos por tener ciertas características particulares o especiales que le otorgan a este un valor agregado, dadas entre otras, a su lugar de origen y su objetivo es impedir la utilización o comercialización por parte de terceros del producto protegido, en este caso, el café proveniente de determinados municipios de Huila.
La Superindustria pudo comprobar que mediante Resolución 17989 de Abril de 2013, se declaró la protección de la denominación de origen CAFÉ DE HUILA, para distinguir “Café”. Asimismo, se establece como territorio de origen la zona geográfica delimitada y el rango de altura esta entre 1.000 a 2.200 metros sobre el nivel del mar, y cubre los municipios de Acevedo, Agrado, Baraya, Campoalegre, Suaza, Targuí, Tello, Teruel, Timana, entre otros, los cuales hacen parte del departamento del Huila.
En efecto, la Dirección de Signos Distintivos consideró que el signo solicitado CAFÉ RÍO SUAZA, pretendido por el señor OLIVER TORRES TOVAR, al contener la expresión “SUAZA” evoca la denominación de origen CAFÉ DE HUILA, como quiera que Suaza es un municipio del departamento del Huila que hace parte de la zona geográfica protegida por la Denominación De Origen.
Por lo tanto, la Superindustria decidió NEGAR la marca, impidiendo de esta forma que con la solicitud de registro de CAFÉ RÍO SUAZA, se aprovechasen de la notoriedad y prestigio de la denominación de origen CAFÉ DE HUILA.
Procedencia de recurso
Contra la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio, procede el recurso de apelación
Las Denominaciones de Origen en Colombia
Son signos distintivos que identifican productos reconocidos o por tener una calidad o características específicas que se deben únicamente a su lugar de origen y a la forma tradicional de producirlo por parte de sus habitantes. Esto implica que nadie puede usar estas Denominaciones para identificar productos iguales o similares, cuando éstos no provengan del verdadero lugar y/o no contengan las calidades que le han dado la reputación al producto protegido.
Para poder usar una Denominación de Origen, el productor, extractor o transformador debe solicitar la correspondiente autorización, demostrando que su producto proviene de la zona original y que cumple con los requisitos de calidad que llevaron a dicho reconocimiento. A la fecha, la Superintendencia de Industria y Comercio ha declarado la protección de 22 denominaciones de origen colombianas, entre ellas, el “Queso Paipa” y el “Queso Caquetá”, así como productos artesanales tales como “Tejeduría Zenú” (famosa por su “Sombrero Vueltiao”).
1. Café de Colombia (desde 2005)
2. Café de Nariño (desde 2011)
3. Café de Cauca (desde 2011)
4. Café de Huila (desde 2013)
5. Café de Santander (desde 2014)
6. Queso del Caquetá (desde 2011)
7. Queso Paipa (desde 2011)
8. Cholupa del Huila (desde 2007)
9. Bizcocho de Achira del Huila (desde 2012)
10. Cestería en Rollo de Guacamayas (desde 2009)
11. Tejeduría San Jacinto (desde 2011)
12. Sombrero Aguadeño (desde 2011)
13. Sombreros de Sandoná (desde 2011)
14. Tejeduría Zenú (desde 2011)
15. Tejeduría Wayuu (desde 2011)
16. Cerámica del Carmen de Viboral (desde 2011)
17. Cerámica Artesanal de Ráquira Colombia (desde 2010)
18. Mopa Mopa Barniz de Pasto (desde 2011)
19. Clavel de Colombia (desde 2011)
20. Rosa de Colombia (desde 2012)
21. Crisantemo de Colombia (desde 2012)
22. Sombrero Suaza del Huila (desde 2015)
¡Superintendencia de Industria y Comercio, valoramos lo que tú valoras!