La Superintendencia de Industria y Comercio, en cumplimiento de sus funciones de inspección, vigilancia y control en materia de metrología legal (pesas y medidas), mediante la Resolución 74962 del 17 de noviembre de 2017, impuso en primera instancia una sanción que asciende a la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($293.611.366.oo) a VITAMAR S.A., por empacar, vender y entregar a los consumidores menos contenido de producto respecto del anunciado en los empaques o paquetes en que distribuye y comercializa sus alimentos preempacados “camarón tití”.
La decisión sancionatoria de la Superintendencia de Industria y Comercio, se adoptó después de haber realizado una visita de verificación a la planta empacadora de VITAMAR S.A. ubicada en Cartagena, y haber seleccionado 50 paquetes de producto “camarón tití”, con indicación de 425 gramos de contenido, que estaban listos para ser comercializados y habían superado todos los controles de calidad internos de la empresa.
En la verificación de los paquetes de 425 granos, se encontró que el contenido promedio real de los paquetes era de 353 gramos, es decir, contenían 72 gramos menos de lo indicado, entregándole a los consumidores 17% menos de la cantidad anunciada.
La sanción impuesta a VITAMAR S.A. asciende a la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($293.611.366.oo) equivalente a TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (398 SMLMV).
La decisión resalta el daño que este tipo de comportamientos hace al buen funcionamiento del mercado en general, porque no solo afecta a los consumidores, sino también a los empresarios que actúan en leal forma y sí entregan la cantidad que informan a los consumidores.
En lo transcurrido de 2017, la Superintendencia de Industria y Comercio ha impuesto más de 150 sanciones que en total superan los 5.000 millones de pesos a empresarios que han infringido las normas de control metrológico, con el fin de que corrijan su comportamiento y entreguen medidas precisas y exactas a los consumidores y así proteger el bolsillo de todos los colombianos.
Contra el acto administrativo sancionatorio de primera instancia, proceden los recursos de reposición y apelación ante la misma Superintendencia de Industria y Comercio.
¡Superintendencia de Industria y Comercio,
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