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Control Social

 

 

El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados de acuerdo con lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de los recursos y bienes públicos. El concepto ampliado lo brindan los artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015.

 

Modalidades del Control Social

Se puede desarrollar el control social a través de:

Lo anterior en los términos de las leyes que las regulan, y a través del ejercicio de los derechos constitucionales dirigidos a hacer control a la gestión pública y sus resultados los cuales están contemplados en el artículo 63 Ley 1757 de 2015.

 

Alcance del Control Social.

Quien desarrolle el control social podrá:

  1. Solicitar la información pública que se requiera para el desarrollo de su labor, en los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo;

  2. Presentar observaciones de la labor desarrollada al ente encargado de la política pública;

  3. Presentar peticiones, denuncias, quejas y reclamos ante las autoridades competentes.

  4. Presentar acciones populares en los términos de la Ley 472 de 1998;

  5. Presentar acciones de cumplimiento en los términos de la Ley 393 de 1997;

  6. Presentar Acciones de Tutela en los términos del Decreto número 2591 de 1991;

  7. Participar en Audiencias Públicas ante los entes que las convoquen;

  8. Hacer uso de los recursos y acciones legales que se requieran para el desarrollo del control social.

Fuente: Articulo 64 Ley 1757 de 2015

 

¿Qué son las veedurías ciudadanas?

Veeduría ciudadana es el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.
 

Enlaces de interés: 

 

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