El Foro Económico Mundial (FEM) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), comprometidas en promover el progreso y la innovación a través del fortalecimiento, expansión y optimización del Sistema de Propiedad Intelectual han creado el Programa OMPI-FEM de Asistencia Legal para Inventores (PAI).
Este Programa busca ayudar a los inventores y a las micro y pequeñas empresas de escasos recursos financieros para que accedan a servicios jurídicos especializados que los asistan a presentar y seguir la tramitación de sus solicitudes de patentes en sus respectivos países, si estos últimos resultan beneficiados del PAI, en algunas circunstancias y en países seleccionados, también podrán presentar solicitudes regionales e internacionales de patente por la misma.
En vincular a los inventores y las pequeñas empresas de escasos recursos financieros con abogados de patentes que están dispuestos a prestar sus servicios de asistencia jurídica sin cargo para la obtención de protección por patente.
El beneficio del Programa es la asistencia legal gratuita al inventor, a las micro y pequeñas empresas en todo el trámite de solicitud de patente hasta una decisión final de la Oficina nacional o regional de patente sobre esta.
El usuario que desee obtener el beneficio de la asistencia legal debe cumplir cuatro criterios:
Hay dos formas en que un usuario puede demostrar tal conocimiento:
Opción uno: Realizar y completar satisfactoriamente el módulo en línea de formación para el PAI que ofrece la OMPI y obtener el certificado, que estará disponible en la página web de dicha organización.
Opción dos: Demostrar que ha presentado recientemente una solicitud de patente ante la SIC.
Para el Programa de Asistencia a Inventores, no poseen recursos para presentar una patente de invención:
El usuario puede realizar la declaración de dos formas:
Opción uno: Si el usuario no ha presentado solicitud de patente en la SIC, podrá realizar la declaración diligenciando el formulario de solicitud de ingreso al programa, en el ítem: Información Financiera del Solicitante.
Opción dos: El usuario que ha presentado solicitud de patente en la SIC, deberá haber realizado la declaración en el formulario de solicitud de patente nacional de la SIC (Formulario PI02-F01, en el numeral 12).
Descargar el formulario de solicitud del PAI:
Enviar la solicitud al correo electrónico cigepi.programapai@sic.gov.co
NOTA:
Llenar el formulario de solicitud en Internet y la OMPI se comunicará con usted.
Cabe señalar que únicamente los abogados habilitados a ejercer ante la oficina de propiedad industrial del país de que se trate y que acepten por escrito los principios rectores del PAI podrán presentar su solicitud.
Para obtener información sobre el programa PAI, le invitamos a visitar la página web de la OMPI disponible en el siguiente vínculo: http://www.wipo.int/iap/es/#participants
El comité de selección es el encargado de tomar las decisiones sobre la idoneidad de las invenciones y se reunirá cada tres meses para evaluar las solicitudes
Criterios de idoneidad de la invención:
El comité está conformado por un representante de la SIC, Colciencias, Propaís y la Dirección de Mipymes del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
El Programa de Asistencia a Inventores PAI es coordinado en Colombia por el Centro de Información tecnológica y apoyo a la Gestión de la Propiedad Industrial - CIGEPI de la Superintendencia de Industria y Comercio.
En caso de requerir mayor información, por favor comunicarse al teléfono: (1) 5870000 ext. 30022 o al correo cigepi.programapai@sic.gov.co