Protección del consumidor
Quienes participen en la cadena de producción, distribución y comercialización de productos, deben cumplir con el Decreto 679 de 2016
Lo dispuesto en el Decreto 679 de 2016, le es aplicable a todos los miembros de la cadena de producción, distribución y comercialización de productos, llámese, fabricantes, productores, distribuidores y comerciantes en general, los cuales una vez tengan conocimiento por cualquiera de los mecanismos previstos en el decreto en mención de la existencia de un producto defectuoso dentro de aquellos que produce, distribuye o comercializa, que pueda afectar o poner en peligro, la seguridad, la salud, vida o integridad de las personas, deberán informarlo a la Superintendencia de Industria y Comercio siguiendo el procedimiento señalado en el Decreto 679 de 2016.
Concepto Radicado No. 16-138255 del 6 de julio de 2016