Sancionado / Investigado | Fecha | Título | Resolución | Estado |
CHARRY TRADING S.A.S | 12/12/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, relacionados con el registro de sus bases de datos y el tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. | RESOLUCIÓN 88011 de 2022 | EN FIRME |
CARBONES QUINTANA ALVARADO S.A.S. | 7/12/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, relacionados con el registro de sus bases de datos y el tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. | EN TRÁMITE | |
MASTER TRAVEL SALE S.A.S SIGLA MASTER SALE 38 | 7/12/2022 | El Responsable incumplió con el deber de solicitar la autorización previa, expresa e informada del titular para realizar el tratamiento de sus datos personales mediante llamadas telefónicas para el ofrecimiento de servicios comerciales. | RESOLUCIÓN 86797 de 2022 | EN FIRME |
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA COMUNIDAD ADICO ALMA DE MUJER |
2/12/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, relacionados con el registro de sus bases de datos y el tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos, así mismo, deben acreditar la implementación de la Política de Tratamiento de Datos Personales y los demás manuales requeridos. | EN TRÁMITE | |
GOURMET & VACATION PEOPLE S.A.S | 30/11/2022 | El Responsable no cuenta con la autorización previa para el tratamiento de los datos personales otorgada por la Titular para el envío de ofertas comerciales vía Whatsapp y mucho menos le informó de manera previa y expresa acerca de las finalidades del Tratamiento para las cuales serían sometidos sus datos personales; tampoco implementó una política de tratamiento de datos personales. | RESOLUCIÓN 85259 de 2022 | EN TRÁMITE |
COLOMBIA MOVIL S A E S P | 30/11/2022 | El Responsable faltó al deber de garantizar a la Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data, al no acceder a su pretensión de suprimir sus datos personales con el fin de no recibir mensajes de texto y correos electrónicos, también incumplió el deber de solicitar y conservar copia de la autorización previa para el Tratamiento de su Información Personal, así como no le informó a la titular previamente las finalidades del tratamiento de sus datos personales y los derechos que le asisten. | EN TRÁMITE | |
CARESTREAM HEALTH COLOMBIA LTDA EN LIQUIDACIÓN | 30/11/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, relacionados con el registro de sus bases de datos y el tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos, así mismo, deben acreditar la implementación de la Política de Tratamiento de Datos Personales y los demás manuales requeridos. | RESOLUCIÓN 85183 de 2022 | EN FIRME |
CLUB RESIDENCIAL VIZTA PROPIEDAD HORIZONTAL | 25/11/2022 | El Responsable no conservó la información personal del titular bajo las medidas de seguridad adecuadas para impedir el acceso por parte de terceros no autorizados a información sensible y semiprivada mediante el envío de un correo electrónico con los datos del titular. | RESOLUCIÓN 83133 de 2022 | EN FIRME |
SIMBA SOFTWARE S.A.S | 21/11/2022 | Los Responsables deben informar la finalidad para la cual hacen la recolección de los datos personales, antes de proceder con el envío de publicidad a los titulares, aun cuando se trate de datos públicos que sean obtenidos de las cámaras de comercio y el tratamiento no esté ligado a la finalidad registral; así mismo, respecto a las peticiones de los titulares, se les debe solicitar dentro del término legal la información necesaria para responder de fondo la solicitud. | RESOLUCIÓN 81963 de 2022 | EN FIRME |
J.M.G CONSULTORES S.A.S. | 15/11/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, relacionados con el registro de sus bases de datos y el tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. | RESOLUCIÓN 79999 de 2022 | EN FIRME |
SERVICIOS ESPECIALIZADOS FCB S.A.S. | 10/11/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, relacionados con el registro de sus bases de datos y el tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. | RESOLUCIÓN 79324 de 2022 | EN FIRME |
SALUD ACTUAL IPS LTDA | 9/11/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, relacionados con el registro de sus bases de datos y el tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos, así mismo, deben acreditar la implementación de la Política de Tratamiento de Datos Personales y los demás manuales requeridos. | RESOLUCIÓN 78501 de 2022 | EN FIRME |
CORPO MEDICAL S.A.S | 8/11/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos, para acreditar la implementación de la Política de Tratamiento de Datos Personales y los demás manuales requeridos. | RESOLUCIÓN 78320 de 2022 | EN FIRME |
COMPAÑÍA INTEGRAL DE SERVICIOS TÉCNICOS EN LIMPIEZA CISTEL LTDA |
3/11/2022 | El Responsable cuenta con una Política de Tratamiento de Datos Personales, pero no cumple con la totalidad de los requisitos mínimos establecidos en la Ley, así como tampoco acreditó haber adoptado e implementado un manual de políticas de seguridad de la información. | RESOLUCIÓN 77654 de 2022 | EN FIRME |
SEGURIDAD EL PROGRESO LTDA |
03/11/2022 |
La sociedad sancionada, en calidad de Encargado del tratamiento, no acreditó haber atendido los requerimientos realizados por la autoridad nacional de protección de datos. | RESOLUCIÓN 77643 de 2022 | EN FIRME |
CONJUNTO RESIDENCIAL LOS ARRAYANES DE SAUZALITO P.H |
03/11/2022 |
La sociedad Responsable actuó de manera contraria a lo establecido en la Ley, pues realizó el tratamiento de los datos de la titular sin contar con su autorización previa e informada. | RESOLUCIÓN 77643 de 2022 | EN FIRME |
D L M ALIANZA INMOBILIARIA LTDA |
02/11/2022 | El Responsable no cuenta con una Política de Tratamiento de la Información puesta a disposición de los titulares y no cuenta con un manual interno de políticas y procedimientos que garantice la seguridad de la información frente a la administración de los datos personales. | EN TRÁMITE | |
INSTITUTO DE NEUROREHABILITACIÓN Y PSIQUIATRÍA DE COLOMBIA S.A.S |
02/11/2022 |
Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. | RESOLUCIÓN 77556 de 2022 | EN FIRME |
COLENER S.A.S. |
28/10/2022 |
Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. | RESOLUCIÓN 75666 de 2022 | EN FIRME |
FITNESS PEOPLE - CENTRO MEDICO DEPORTIVO S.A.S |
25/10/2022 |
El Responsable, realizó tratamiento de datos personales del titular, sin informar previamente al tratamiento las finalidades específicas del mismo, especialmente respecto de la publicación de su imagen y/o fotografía en las redes sociales de Responsable. | RESOLUCIÓN 74662 de 2022 | EN FIRME |
HOTEL TERMALES EL OTOÑO S.C.A |
21/10/2022 |
El Responsable faltó al deber de solicitar y conservar copia de la autorización de los Titulares, respecto a la información recaudada a través de su página web en el apartado “RESERVAS”, igualmente pese a contar con un aviso de privacidad, no acreditó que se encontraba implementado y puesto a disposición de los titulares. Tampoco implementó un Manual de Políticas de seguridad, ni contestó los requerimientos de este despacho, obstaculizando las facultades de vigilancia y control. | RESOLUCIÓN 73813 de 2022 | EN FIRME |
SINDICATO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS |
21/10/2022 |
El Responsable realizó el tratamiento de los datos personales sensibles del titular sin contar con su autorización previa, expresa e informada. En este caso no resulta aplicable la excepción legal contenida en el literal c) del artículo sexto de la Ley 1581 de 2012, puesto que la misma aplica exclusivamente respecto de los miembros del sindicato o respecto de las personas que mantengan contactos regulares por razón de su finalidad. Así mismo, debe implementar la Política de Tratamiento de Datos Personales y un manual de procedimiento para la atención de consultas y reclamos, de seguridad y ciclo del dato. | RESOLUCIÓN 73807 de 2022 | EN FIRME |
COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A. | 19/10/2022 | La responsable continuó enviando mensajes publicitarios, comerciales y promocionales a la línea móvil del Titular a través de códigos cortos aun después de que este solicitara que no le enviaran esta información, obstaculizando el ejercicio del derecho de hábeas data, así mismo, incumplió con la orden administrativa impartida por esta Dirección por cuanto continuó con el envío de mensajes publicitarios, comerciales y promocionales en el año 2021 a la línea móvil del Titular. | EN TRÁMITE | |
DICOMERCIAL DE INVERSIONES Y CIA S.C.A |
19/10/2022 | Los Responsables deben cumplir con el deber de solicitar y conservar en las condiciones previstas en la presente ley, copia de la respectiva autorización otorgada por los Titulares, y con el deber de adoptar medidas técnicas, humanas y administrativas para la conservación de la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. | RESOLUCIÓN 72784 de 2022 | EN FIRME |
SURTI-GLOBAL DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES S.A.S |
06/10/2022 |
Los Responsables deben adoptar un Manual Interno de Políticas y Procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y en especial, para la atención de consultas y reclamos. | RESOLUCIÓN 69533 de 2022 | EN FIRME |
BE ON TRAVEL S.A.S. |
05/10/2022 |
Los Responsables vulneran el derecho fundamental de habeas data de los titulares cuando recolectan y tratan la información personal a través del sistema de referidos para almacenar y hacer llamadas con el fin de ofrecer sus servicios comerciales, sin solicitar de manera previa al tratamiento, la autorización previa y expresa de los titulares. De igual forma, deben informar al titular las finalidades del tratamiento y contar con una Política de Tratamiento de Datos Personales. | RESOLUCIÓN 69177 de 2022 | EN FIRME |
ASESORÍAS MONTEPRIETO LIMITADA | 04/10/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. | RESOLUCIÓN 68923 de 2022 | EN FIRME |
INGENIERÍA DE COLOMBIA INCO S.A.S. |
26/09/2022 |
Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. | RESOLUCIÓN 65630 de 2022 | EN TRÁMITE |
MERVICOL S.A.S. |
21/09/2022 |
Es deber de los Responsables garantizar el ejercicio del derecho de hábeas data a través del derecho de petición y de consulta o reclamación, mediante la atención cada una de las solicitudes de los titulares, sin dilaciones ni retrasos, más aún cuando los titulares solicitan la supresión de sus datos personales para no recibir llamadas comerciales, mediante el método de marcación aleatoria. |
EN FIRME | |
BLUE SUPPLIERS S.A.S. | 20/09/2022 | La Política de Tratamiento de Datos Personales es un documento puesto a disposición de los titulares, con el contenido mínimo establecido en el Régimen General de Protección de Datos Personales. Adicionalmente, los Responsables deben implementar por aparte: (i) un manual interno de políticas y procedimientos de seguridad; (ii) un manual interno de políticas y procedimientos para la atención de consultas y reclamos; y (iii) un manual interno de políticas y procedimientos para la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de la información | EN FIRME | |
DATASET TECNOLOGIES S.A.S |
15/09/2022 |
Los datos consignados en bases de datos públicas o de entidades públicas no son siempre de carácter público, deben ser analizadas con el fin de determinar la naturaleza real de los datos allí consignados, y verificar si resulta necesario la consecución de la autorización en los términos establecidos por la Ley; la obtención de la autorización puede realizarse a través de mecanismo automatizados que permitan ya sea de forma verbal o escrita su obtención y conservación. En todo caso el consentimiento tácito no constituye, en ninguna circunstancia, la otorgación de este. |
EN TRÁMITE |
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INTEGRAL BUSINESS CENTER S.A.S |
5/09/2022 |
La investigada incumplió los deberes de: (i) solicitar y conservar la autorización previa, expresa e informada del Titular, (ii) de informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección de sus datos y los derechos que le asisten en virtud de la autorización otorgada, (iii) de adoptar una Política de Tratamiento de Datos Personales y darla a conocer a los Titulares de la información, (iv) de cumplir con las instrucciones que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio, ya que no atendió los requerimientos ni aportó los documentos solicitados. |
EN FIRME | |
GRUPO EMPRESARIAL DINÁMICA S.A.S. |
30/08/2022 |
La sociedad no dio respuesta oportuna a los requerimientos de información de la Autoridad de Protección de Datos Personales, teniendo en cuenta que la falta de atención completa y oportuna de estos, obstaculiza sus funciones e impide la correcta vigilancia y control con el fin de proteger los datos de los Titulares y verificar el cumplimiento de los deberes y exigencias legales. |
EN FIRME |
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CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIAR COLSUBSIDIO |
22/08/2022 |
El Responsable trató el número de celular del titular sin contar con su autorización para ello, ya que la autorización obtenida fue suministrada por un tercero, por lo que incumplió el deber de solicitar y conservar copia de la autorización previa, expresa e informada; así mismo, vulneró el deber de informarle la finalidad de la recolección de sus datos personales. Por otra parte, se evidencia que no dio una respuesta de fondo a la petición del Titular, ni dentro del término legal establecido. |
EN FIRME |
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CLÍNICA VASCULAR NAVARRA S.A |
17/08/2022 |
Si bien el Responsable del Tratamiento contaba con unos lineamientos y procedimientos para garantizar la seguridad de la información personal, no los tenía implementados, puesto que, ante un pico de energía eléctrica se perdió toda la información alojada en los medios digitales, por no haber realizado backups de la información. Por otro lado, incumplió con el deber de reportar ante la esta Superintendencia el incidente de seguridad. |
EN FIRME |
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COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P BIC |
12/08/2022 |
La autorización para el tratamiento de los datos del Titular debe ser suministrada en una etapa anterior a la incorporación del dato en la base de datos de la sociedad, en este caso el Titular fue contactado por el Responsable del Tratamiento para la venta de productos, sin haber sido informado sobre la finalidad del tratamiento al momento de la recolección y tratamiento de su dato de contacto, ni los derechos que le asisten. |
EN FIRME |
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CRC OUTSOURCING S.A.S |
11/08/2022 |
El Responsable del Tratamiento compartió los datos personales de la Titular a su empleador sin informarle las finalidades del tratamiento. De igual manera, la investigada no conservó la información personal de la titular bajo condiciones de seguridad puesto que divulgó los datos personales de la titular con terceros con el fin de llevar cabo el cobro de una obligación financiera. |
MODIFICADA | |
CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUES DE PRIMAVERA I ETAPAS I Y II PROPIEDAD HORIZONTAL |
4/08/2022 |
La Responsable del Tratamiento sometió a Tratamiento el correo electrónico de uso personal de los residentes y copropietarios sin haber solicitado su autorización previa, expresa e informada; tampoco informó las finalidades del uso de sus datos personales. Así mismo, faltó al principio de seguridad, al divulgar una captura de pantalla con una fotografía de un menor de edad y las direcciones electrónicas de 7 Titulares de la información. |
EN FIRME | |
EFRATA INTERNATIONAL S.A.S |
1/08/022 |
El Responsable del Tratamiento debe adoptar los procedimientos adecuados para solicitar y conservar copia de la autorización otorgada por el Titular e informar los datos que serán recolectados junto con las finalidades específicas del tratamiento. Por otro lado, los Responsables deben atender los requerimientos realizados por la Superintendencia de Industria y Comercio que ejerce funciones de vigilancia y control. |
EN FIRME |
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CLÍNICA DE LA VISIÓN DEL VALLE S.A.S. |
01/08/2022 |
Los datos sensibles tienen una naturaleza especial, ya que pueden afectar la intimidad de los Titulares o causarles discriminación si son utilizados de forma indebida. El Responsable del Tratamiento envió a la dirección electrónica del Titular los datos sensibles relativos a la historia clínica de 11 Titulares, sin ser un tercero autorizado. De igual forma se evidencia que la sociedad no implementó el Manual de Políticas Internas de Seguridad, ni reportó el mencionado incidente de seguridad a la SIC. |
EN FIRME | |
TSQ S.A.S |
29/07/2022 |
El Responsable del Tratamiento debe adoptar los procedimientos adecuados para solicitar y conservar copia de la autorización previa, expresa e informada del Titular para tratar su número celular mediante “WhatsApp”. Por otra parte, las sociedades deben implementar un manual interno de políticas y procedimientos de seguridad con medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento y un manual o procedimiento para la atención de consultas y reclamos. |
EN FIRME |
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CENTRO DE IDIOMAS UNIVERSAL LEARNING ACADEMICS S.A.S. |
29/07/2022 |
La investigada vulneró el derecho fundamental de habeas data del titular, en la medida en que compartió su información personal con terceros no autorizados, siendo esto una clara infracción al deber de conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, perdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. Así mismo, falto al deber de informarle al titular los datos personales que serían recolectados, así como las finalidades específicas del tratamiento para las cuales se obtuvo el consentimiento. |
EN FIRME | |
ZION GROUP S.A.S. |
29/07/2022 |
La Política de Tratamiento de Datos Personales debe ser puesta a disposición de los titulares, con el contenido mínimo establecido en el Régimen General de Protección de Datos Personales. Adicionalmente, los Responsables deben implementar: (i) un manual interno de políticas y procedimientos de seguridad; (ii) un manual interno de políticas y procedimientos para la atención de consultas y reclamos; y (iii) un manual interno de políticas y procedimientos para la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de la información. |
EN FIRME | |
MERCADOLIBRE COLOMBIA LTDA |
25/07/2022 |
Los Responsables tienen el deber legal, con cada uno de los Titulares, de salvaguardar la información bajo medidas de seguridad adecuadas, procurando siempre la protección de los datos personales de cada uno. En consecuencia, si la sociedad divulga y/o expone datos personales a terceros no autorizados, así sea solo la dirección de correo electrónico, se genera un incumplimiento del deber de impedir la consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento de los datos personales de los Titulares. |
EN FIRME | |
NETGOSIT S.A.S |
12/07/2022 |
La sociedad investigada desconoció la facultad que le asiste a los titulares de solicitar la eliminación de datos personales que se encuentren en sus bases de datos, faltando al deber de garantizar el ejercicio del derecho fundamental de habeas data. De igual forma, no contaba con medidas de seguridad y mecanismos para proteger los datos personales tratados bajo su custodia o posesión, almacenados en sus equipos tecnológicos y en su página web. Tampoco otorgó respuesta a las peticiones de supresión de los titulares de manera oportuna, ni contaba con una Política de Tratamiento de la Información con un procedimiento específico para dar trámite a las solicitudes de los titulares. |
EN FIRME | |
TORRES AQUA P.H |
5/07/2022 |
La sociedad investigada no acredito contar con los procedimientos necesarios para solicitar y conservar copia de la autorización previa, expresa e informada de los titulares para el Tratamiento de sus datos personales, tampoco aporto procedimientos para informar debidamente a los Titulares acerca de las finalidades de la recolección de sus datos y de los derechos que les asisten en virtud de la autorización otorgada, faltó al deber de implementar un manual para la atención de consultas y reclamos y una Política de Tratamiento de Datos Personales. Finalmente omitió la atención a los requerimientos de la autoridad de protección de datos personales. |
RESOLUCIÓN 42771 de 2022 | EN FIRME |
ARGECO S.A.S EN REORGANIZACIÓN |
5/07/2022 |
Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. De igual forma, deben implementar: un Manual Interno de Políticas de Seguridad frente a la administración de los datos personales para prevenir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento de la información sujeta a Tratamiento. |
MODIFICADO | |
LICEO CRISTIANO VIDA NUEVA EU |
30/6/2022 |
Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. De igual forma, deben implementar: un Manual Interno de Políticas de Seguridad frente a la administración de los datos personales para prevenir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento de la información sujeta a Tratamiento. |
EN FIRME | |
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE COLOMBIA |
28/06/2022 |
La investigada realizó el envío de un correo electrónico de carácter publicitario a la dirección electrónica institucional del denunciante, el cual es un dato semiprivado, sin contar con su autorización previa, expresa e informada para el tratamiento de sus datos personales; así como tampoco le informó sobre la finalidad de la recolección de sus datos y los derechos que le asisten. Por otra parte, la sociedad, pese a tener implementadas algunas medidas tendientes a proteger el derecho de habeas, estas no fueron suficientes, y las funcionarias que enviaron el correo publicitario al titular no fueron debidamente capacitadas sobre el Régimen de protección de datos personales. |
EN FIRME | |
COLOMBIA MOVIL S.A. E.S.P |
15/06/2022 |
Se encontró probado que la investigada actuó de forma negligente al no atender oportuna y eficientemente la solicitud realizada por el Titular en el sentido de eliminar los datos de su tarjeta de crédito de su plataforma de pagos, dentro del término establecido en la Ley. |
EN FIRME | |
BANCO PICHINCHA S.A. |
14/06/2022 |
La sociedad investigada actuó de manera negligente frente al tratamiento de los datos personales del titular, al no cumplir con su deber de garantizar en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data, al continuar enviando notificaciones a su dirección de correo electrónico, después de recibir la solicitud de supresión de dicho dato por parte del titular. De igual forma incumplió con el deber de atender los requerimientos de esta Superintendencia con el fin de esclarecer los hechos de la investigación. |
MODIFICADA | |
DIEGO FERNANDO PINO PAREDES |
31/05/2022 |
Para gestionar procesos de venta de bases de datos en línea se debe obtener la autorización previa, expresa e informado del titular y tal autorización debe estar ligada a la finalidad del tratamiento o conexa a ésta. La trasferencia o transmisión de una base de datos a terceros países a un país que no cumple con los estándares de protección de datos personales requiere de la expedición de un certificado de conformidad expedido por la Superintendencia de Industria y Comercio. El Responsable del Tratamiento debe poner a disposición de los Titulares la Política de Tratamiento de Datos Personales y adoptar las medidas técnicas, humanas y administrativas necesarias para salvaguardar la información de los titulares. |
EN FIRME | |
ACADEMIA DE PILOTOS DE AVIACIÓN S.A |
26/05/2022 |
Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos. De igual forma, los Responsables deben implementar: (i) una Política de Tratamiento de Datos personales, (ii) un Manual con los procedimientos para la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de la información, (iii) un Manual Interno para la Atención de Consultas y Reclamos y (iv) un Manual Interno de Políticas de Seguridad. |
RESOLUCIÓN 32236 de 2022 | EN FIRME |
GRUPO REDDIAL S.A.S. |
13/05/2022 |
La Superintendencia de Industria y Comercio ejerce funciones de vigilancia y control respecto de los Responsables y Encargados del tratamiento de Datos Personales, por lo cual, las órdenes que se emitan son de obligatorio cumplimiento dentro del plazo establecido por la autoridad, y no acatarlas pone en riesgo los derechos, libertades y garantías constitucionales de los Titulares. |
EN FIRME | |
CONJUNTO RESIDENCIAL MIRADOR DE TAKAY- PROPIEDAD HORIZONTAL | 12/05/2022 | Esta Superintendencia, ejerce la vigilancia de las funciones de los Responsables y Encargados del Tratamiento y está facultada para ordenar la corrección, actualización o retiro de los datos personales de una base de datos, cuando así se determine dentro de una investigación, por lo tanto, los Responsables deben atender los requerimientos dentro del término legal establecido y acatar las órdenes impartidas; así como demostrar el cumplimiento de los deberes a los que se encuentra obligados. | EN TRÁMITE | |
CANDAMIL & TORO ABOGADOS ASOCIADOS S.A.S. EN LIQUIDACIÓN |
04/05/2022 | Los datos personales de los Titulares que se encuentren publicados en medios masivos como internet o periódicos no son públicos y para hacer uso de estos se debe obtener el consentimiento previo, expreso e informado del Titular, dándole a conocer las finalidades específicas del tratamiento. Así mismo la información de la página web de esta Superintendencia es publicada exclusivamente para efectos de publicidad, con el fin de garantizar el debido proceso, en consecuencia, de modo alguno se pueden tomar estos datos personales privados y semiprivados para tratarlos con fines comerciales. | RESOLUCIÓN 26106 de 2022 | EN FIRME |
RAPPI S.A.S. | 03/05/2022 | Esta Superintendencia, ejerce la vigilancia de las funciones de los Responsables y Encargados del Tratamiento y está facultada para ordenar la corrección, actualización o retiro de los datos personales de una base de datos, cuando así se determine dentro de una investigación, por lo tanto, los Responsables, acatar las órdenes impartidas y, demostrar el cumplimiento de los deberes a los que se encuentra obligados. | RESOLUCIÓN 25867 de 2022 | EN FIRME |
INSTITUTO TRIANGULO S.A. | 29/04/2022 | Las instituciones educativas como Responsables deben solicitar la autorización previa, expresa e informada a los Titulares, ya sean aspirantes, estudiantes, proveedores, candidatos para un cargo, empleados, etc, para el tratamiento de sus datos personales. Respecto de los datos sensibles de niños, niñas y adolescentes, deberá informar a los Titulares que es facultativo responder a las preguntas que sean formuladas sobre esta clase de datos. Así mismo, deberán abstenerse de recolectar datos personales que no sean necesarios para las finalidades del Tratamiento informadas a los Titulares; y adoptar medidas de seguridad para garantizar la adecuada conservación de los archivos físicos y digitales que contengan datos personales. | RESOLUCIÓN 25067 de 2022 | EN FIRME |
GRUPO SERGEM DE COLOMBIA A & I S.A.S | 31/03/2022 | El Responsable del Tratamiento, debe implementar y poner a disposición de los titulares una Política de Tratamiento de Datos Personales que informe: 1. Nombre o razón social, domicilio, dirección, correo electrónico y teléfono del Responsable. 2. Tratamiento al cual serán sometidos los datos y finalidad del mismo cuando esta no se haya informado mediante el aviso de privacidad. 3. Derechos que le asisten como Titular. 4. Procedimiento para que los titulares de la información puedan ejercer los derechos a conocer, actualizar, rectificar, suprimir información y revocar la autorización; y saber la Persona o área responsable de la atención de peticiones, consultas y reclamos. 6. Fecha de entrada en vigencia de la política de tratamiento de la información y período de vigencia de la base de datos. | RESOLUCIÓN 17360 de 2022 | EN FIRME |
TECNIK LIMITADA | 29/03/2022 | El Responsable del Tratamiento, debe implementar una Política de Tratamiento de Datos Personales , la cual deber: (i) ponerla en conocimiento de los Titulares, (ii) informar el tipo de Tratamiento, manual o automatizado, al que serán sometidos los datos y; (iii) informar el periodo de vigencia de la base de datos; entre otras cosas. | RESOLUCIÓN 15909 de 2022 | EN FIRME |
ESTRUCTURACIÓN Y DESARROLLO DE PROYECTOS INMOBILIARIOS S.A.S | 25/03/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. De igual forma, deben implementar: un Manual Interno de Políticas de Seguridad frente a la administración de los datos personales para prevenir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento de la información sujeta a Tratamiento. | RESOLUCIÓN 15043 de 2022 | EN FIRME |
INGENIERÍA Y PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN S.A.S. SIGLA INPRODCO S.A.S | 18/03/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. De igual forma, deben implementar: un Manual Interno de Políticas de Seguridad frente a la administración de los datos personales para prevenir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento de la información sujeta a Tratamiento. | RESOLUCIÓN 13593 de 2022 | EN FIRME |
DISTRIBUIDORA DE PINTURAS Y ACABADOS 1A LIMITADA | 17/03/2022 | El Responsable del Tratamiento, debe implementar y poner a disposición de los titulares una Política de Tratamiento de Datos Personales que informe: 1. Nombre o razón social, domicilio, dirección, correo electrónico y teléfono del Responsable. 2. Tratamiento al cual serán sometidos los datos y finalidad del mismo cuando esta no se haya informado mediante el aviso de privacidad. 3. Derechos que le asisten como Titular. 4. Procedimiento para que los titulares de la información puedan ejercer los derechos a conocer, actualizar, rectificar, suprimir información y revocar la autorización; y saber la Persona o área responsable de la atención de peticiones, consultas y reclamos. 6. Fecha de entrada en vigencia de la política de tratamiento de la información y período de vigencia de la base de datos. | MODIFICADA | |
PROTEKA S.A.S | 28/02/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. De igual forma, deben implementar: un Manual Interno de Políticas de Seguridad frente a la administración de los datos personales para prevenir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento de la información sujeta a Tratamiento | RESOLUCIÓN 9212 de 2022 | EN FIRME |
PLANTAR DE COLOMBIA LIMITADA | 28/02/2022 | Los Responsables tienen el deber de atender las instrucciones y requerimientos efectuados por la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente la instrucción de registrar sus bases de datos y la información relacionada al tratamiento de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos. De igual forma, deben implementar: un Manual Interno de Políticas de Seguridad frente a la administración de los datos personales para prevenir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento de la información sujeta a Tratamiento. | RESOLUCIÓN 9128 de 2022 | EN FIRME |
INFRAESTRUCTURA NACIONAL LTDA | 25/02/2022 | Todo Responsable del Tratamiento a quien se le imparta una orden administrativa encaminada a garantizar el debido Tratamiento de los Datos personales debe ser muy diligente con miras a establecer cómo cumplir oportuna y correctamente las órdenes impartidas. La seguridad genera confianza, si falla, es clave estar muy bien preparados y entrenados para actuar frente a los incidentes de seguridad de manera inmediata y profesional. | EN FIRME |