Superintendencia de Industria y Comercio

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un avión y un pasaporte

La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol como Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, se permite informar lo siguiente:

1.    Las peticiones, quejas y reclamos administrativos que tengan los usuarios en contra de aerolíneas y/o por la venta de tiquetes aéreos deben ser presentados ante la Superintendencia de Transporte, en atención a lo dispuesto por la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019 (Plan Nacional de Desarrollo). 

2.    La Superintendencia de Industria y Comercio protege a los consumidores aéreos a través de la facultad jurisdiccional, es decir, mediante una demanda los consumidores pueden reclamar derechos particulares y concretos ante los jueces especializados de esta Superintendencia.

3.    En el ejercicio de la facultad administrativa, la Superintendencia de Industria y Comercio atiende aquellas peticiones, quejas y reclamos en contra de los prestadores de servicios turísticos por “paquetes todo incluido”, en igual sentido, como Autoridad de Protección al Consumidor Turista vigila a las plataformas y agencias de viaje domiciliadas en Colombia.

4.    Otra herramienta que tiene la Superintendencia de Industria y Comercio para proteger a los consumidores aéreos es “SIC Facilita”, una plataforma mediante el cual los usuarios de servicios de transporte aéreo pueden resolver sus problemas con las aerolíneas procurando una solución rápida y sin necesidad de acudir a las instancias jurisdiccionales. Es importante recordar que para hacer uso de esta herramienta es necesario que el usuario haya presentado previamente su reclamo a la aerolínea y este debe tener su respectivo número de radicado.

5.    La Superintendencia de Industria y Comercio exhorta a las aerolíneas que están inscritas en la plataforma “SIC Facilita” para que cumplan en la asistencia a los chats con los consumidores y los compromisos adquiridos durante las reuniones, so pena de ser expulsados de la plataforma.

6.    La Superintendencia de Industria y Comercio y la Superintendencia de Transporte, han dispuesto un “ABC” con 3 puntos referentes a las competencias de estas dos autoridades y una herramienta que permite identificar las preguntas frecuentes en materia de protección de usuarios del servicio de transporte aéreo, un instrumento idóneo para que los consumidores sepan a qué autoridad deben acudir en caso de ver vulnerados sus derechos por parte de los prestadores de servicios de transporte aéreo y/o agencias de viajes: 

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Bogotá D.C., 12 de julio de 2021. 
 

 

 


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