Bogotá D.C., 16 de octubre de 2020. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección de datos personales, formuló pliegos de cargos contra las Cámaras de Comercio de Cúcuta, Pereira e Ibagué, por la posible infracción de varias disposiciones del régimen jurídico de Habeas Data.
En las decisiones, que fueron adoptadas mediante las resoluciones 62807 (Cúcuta), 62805 (Pereira) y 62804 (Ibagué), la Superintendencia encontró las Cámaras de Comercio mediante diversos formularios que utilizan en sus páginas web se recolectan datos personales, pero en algunos casos se encontraron algunas fallas como:
- No solicitan la Autorización de las personas para recolectar y usar sus datos personales (Sólo en los casos de Cúcuta e Ibagué).
- No informan al Titular del Dato todo lo que exige el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012.
- No informan a las personas la finalidad de la recolección y Tratamiento de sus datos personales.
- La Política de Tratamiento de Información (PTI) no cumple lo mínimos que exige la regulación colombiana
Las Cámaras de Comercio deberán dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación, rendir descargos y aportar o solicitar las pruebas que pretenda hacer valer dentro de la actuación administrativa sancionatoria.
¡Superintendencia de Industria y Comercio,
confianza que construye progreso!