- Los equipos de medición que no se podrán usar se encuentran en 69 establecimientos de comercio en 16 departamentos del país.
- Los consumidores pueden identificar estos instrumentos de medición mediante el sello rojo que se fija tras no pasar la verificación.
Bogotá D.C., 30 de abril de 2020. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de reglamentos técnicos y metrología legal, ordenó a 69 establecimientos de comercio la suspensión inmediata del uso de 106 instrumentos de medición, entre balanzas y surtidores de combustible, que se encontraban desajustados luego de haber sido verificados.
Tras el resultado de la verificación, la Superindustria pudo determinar que estos instrumentos estarían presentando errores de medición en perjuicio del consumidor, lo que a su vez ocasionaría que se le entregue menor cantidad de producto a los compradores.
Por lo anterior, se procedió a fijar en los instrumentos un sello de color rojo que los identifica como no aptos para realizar mediciones, el cual los comerciantes deben mantener visible en todo momento sin que se obstruya de alguna manera o se remueva del sitio en el que fue fijado, hasta tanto se haya hecho la respectiva calibración y verificación por parte de la Autoridad.
La orden de suspensión, impuesta a instrumentos de medición en 36 municipios ubicados en 16 departamentos a nivel nacional, debe ser acatada de manera inmediata por parte de los establecimientos de comercio.
Los departamentos y municipios donde se encuentran los 106 instrumentos de medición son:
DEPARTAMENTO
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MUNICIPIOS
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ANTIOQUIA
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Medellín
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Itagüí
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Bello
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San Carlos
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Ebéjico
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Apartadó
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ATLÁNTICO
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Barranquilla
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BOLÍVAR
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Cartagena
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BOYACÁ
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Moniquirá
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Sogamoso
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Tuta
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Arcabuco
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Duitama
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CALDAS
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Manizales
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Villamaría
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Anserma
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Chinchiná
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CASANARE
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Yopal
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CAUCA
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Guachené
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Popayán
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CESAR
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Chiriguaná
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Pelaya
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Agustín Codazzi
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Aguachica
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La Gloria
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CHOCÓ
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San Francisco de Quibdó
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CUNDINAMARCA
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Bogotá
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PUTUMAYO
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Villagarzón
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RISARALDA
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Pereira
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SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA
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San Andrés
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SUCRE
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Sincelejo
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TOLIMA
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Honda
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Ibagué
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VALLE DEL CAUCA
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Cali
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Cartago
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Candelaria
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Los propietarios de los instrumentos cobijados por la orden, deberán solicitar la reparación de estos a un reparador inscrito ante el Sistema de Información de Metrología Legal de la Superindustria, antes de ponerlos nuevamente en funcionamiento.
Estas órdenes NO tienen recurso y en caso de que alguno de los establecimientos de comercio no cumpla la orden impartida, podría ser objeto de sanciones de hasta 1.000 SMMLV.
¡Superintendencia de Industria y Comercio,
confianza que construye progreso!