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Protección de la competencia

La Superintendencia de Industria y Comercio rinde concepto para la CRC sobre definición de mercados relevantes, cargos de acceso, y acceso a redes para Operadores Móviles Virtuales – OMV

En el proyecto de resolución se regula principalmente lo siguiente:

i) Definición de mercados relevantes: Realizado el análisis económico de sustituibilidad entre los mercados relevantes existentes de acceso a “Internet móvil por suscripción” y de “Internet móvil por demanda”, el regulador propone su unificación en un mercado que se denominaría “Internet móvil”. Además, en el proyecto de resolución se define un nuevo mercado relevante denominado “Servicios móviles”. Este nuevo mercado incluye: (i) los servicios de voz saliente móvil; (ii) la “originación” de mensajes cortos de texto y de mensajes multimedia; y (iii) el servicio de Internet móvil tanto por suscripción como por demanda.

ii) Modificación de cargos de acceso: se busca finalizar la senda de reducción de cargos de acceso a redes móviles a través de la fijación de un valor único del cargo de acceso para el año 2017. En esta línea, se busca eliminar la asimetría en los cargos de acceso a redes móviles que se exigía del operador dominante según lo cual, este debía ofrecer el valor más bajo.

iii) Acceso a redes para Operadores Móviles Virtuales (OMV): Se establece la obligación en cabeza de los Operadores Móviles de Red – OMR, y en favor de los OMV, de permitir y facilitar el acceso a sus redes.

En el mismo sentido, también se define el esquema de remuneración que debe pagar el OMV al OMR por el acceso a sus redes móviles, en caso de no llegar a un acuerdo comercial.

La Superindustria analizó el proyecto de resolución desde la perspectiva de la libre competencia económica y realizó las siguientes recomendaciones: (i) Evaluar el impacto de la redefinición de mercados propuesta, en su relación con la estimación del total de usuarios del mercado de “voz saliente móvil”, para determinar si con ello se generaría a su vez una especie de decaimiento de la declaratoria de dominancia en este mercado, con las implicaciones regulatorias que ello conlleva, y (ii) Considerar alternativas regulatorias para el acceso de los OMV a la red de los OMR tales como: -Limitar la obligación de los OMR de proveer el acceso a la red únicamente para aquellos que cuenten con los recursos necesarios de espectro e infraestructura para los servicios de voz y datos móviles. -Verificar que los valores de descuentos establecidos en el proyecto de resolución, relacionados con las tarifas que deben ser pagadas por el OMV, sean consistentes o no impliquen pérdidas que tengan por causa el pago del Roaming Automático Nacional al OMR no autónomo.

Concepto de abogacía de la competencia. Radicado No. 16-449964 del 24 de enero de 2017