Foto

Reglamentos técnicos

Superindustria sanciona a la sociedad CERTIFICACIONES TÉCNICAS al incumplir con sus deberes y responsabilidades como organismo de evaluación de la conformidad

Las investigaciones administrativas se iniciaron con una visita de inspección efectuada por funcionarios de esta Superintendencia en las instalaciones de la sociedad CERTIFICACIONES TÉCNICAS, en la que se recaudó la totalidad de la documentación soporte del proceso de evaluación que dio lugar a la expedición de varios certificados de conformidad.

En este caso se encontró que CERTIFICACIONES TÉCNICAS, en su calidad de Organismo de Evaluación, emitió un certificado de conformidad respecto a unas luces navideñas, sin contar con la competencia técnica para ello, toda vez que no se encontraba acreditado para efectuar tal actividad respecto a esos productos. Con ocasión de lo evidenciado se impuso una sanción equivalente a setenta y ocho (78) salarios mínimos legales mensuales vigentes, multa que fue confirmada por la Delegatura, mediante la Resolución 1558 del 20 de enero de 2017.

Es importante aclarar que el certificado de conformidad constituye una “presunción de cumplimiento”, propio del campo regulado u obligatorio, a tal punto que es uno de los documentos que se exigen para que el producto pueda ser comercializado. Adicionalmente, el certificado refleja la prestación de los servicios por parte de un Organismo de Evaluación de la Conformidad acreditado –OEC-, los cuales se encuentran contemplados, delimitados y están sujetos al cumplimiento de normas internacionales de evaluación de la conformidad que han sido adoptadas por Colombia a través de las Normas Técnicas, razón suficiente para que un OEC preste sus servicios atendiendo los requisitos previstos en dichas normas, en adición a las exigencias previstas en la Ley 1480 de 2011 -Estatuto del Consumidor.

Resolución No. 53998 del 16 de agosto de 2016
Resolución No. 1558 del 20 de enero de 2017